Fenadismer informe que, como consecuencia del estudio y análisis de la compatibilidad de dicha medida con la normativa europea, la Comisión Europea ha acordado iniciar un procedimiento de infracción contra Alemania, al considerar que la aplicación de la normativa sobre el salario mínimo a todas las empresas transportistas extranjeras, incluso las que realicen transporte internacional o simplemente estén en tránsito por dicho país, "supone una restricción a la libre prestación de servicios y a la libre circulación de mercancías de una manera desproporcionada", añadiendo que la medida establecida, exigiendo determinados trámites burocráticos exclusivamente en idioma alemán, no conlleva sino "barreras administrativas desproporcionadas que impiden el funcionamiento adecuado del mercado interno europeo".
Sin embargo, la Comisión Europea considera adecuado establecer medidas que sean proporcionales "para salvaguardar la protección social de los trabajadores y asegurar una competencia leal" entre las empresas transportistas.
Una vez iniciado el procedimiento de infracción contra Alemania, el Gobierno germano dispone de un plazo máximo de dos meses para contestar contra dicho procedimiento.
Reacciones
La CETM, Astic e IRU se han pronunciado a favor de la decisión comunitaria, puesto que, a su entender, la iniciativa germana atentaba contra la competitividad de las empresas extranjeras, con un grave perjuicio en este caso para las españolas.
En cualquier caso, el hecho de que la Comisión no se oponga a prácticas similares, deja abierta la puerta para que Alemania, o cualquier otro país, adecúe esta propuesta a los requisitos comunitarios y pueda ponerla en práctica sin que por ella sea sancionada por los estamentos europeos.