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La morosidad pública con los autónomos se reduce un 25% en un año, pero sigue aún lejos de cumplir la ley

viernes 09 de octubre de 2015, 02:00h

Un informe más las Administraciones Públicas, a pesar de la Ley de Morosidad, siguen sin adaptarse a la misma a pesar de que en los últimos doce meses se ha reducido el período medio de pago en casi un mes.

A septiembre de 2015, el período medio de pago de las Administraciones Públicas con sus autónomos se sitúa en 83 días, casi tres meses, y 28 días menos desde el informe publicado en septiembre de 2014, según se desprende de la encuesta realizada por el Observatorio del Trabajo Autónomo de ATA a trabajadores autónomos proveedores habituales del sector público y también privado.

Desde ATA quieren resaltar que este descenso en los periodos de pago vuelve a la senda de la mejora de datos que habían notificado en los anteriores informes y que rompió el publicado en junio de este año en el que se incrementó en ocho días. Se vuelve a la senda del periodo de marzo de 2015, que establecían 85 días de media, y se reducen los 90 días que se tardaba en cobrar de media en diciembre de 2014.
   
En lo que se refiere al sector privado, los periodos medios de pago han mostrado sin embargo un ligero ascenso, pues si en septiembre de 2014 se hablaba de que el sector privado pagaba, de media, en 81 días ahora lo hace en 85.

ATA, destaca un trimestre más que a pesar de los esfuerzos por poner coto a la morosidad tanto las Administraciones Públicas como el sector privado siguen incumpliendo la Ley: los periodos medios de pago del sector público se sitúan tres veces por encima de lo que se establece (concretamente en 83 días frente a los 30 que establece la Ley) y en 85 días en el sector privado, frente a los 60 que establece la Ley.

La Federación viene realizando este informe trimestralmente desde 2009, en base a una encuesta sólo sobre autónomos y utiliza para el cálculo del periodo medio de pago la fecha de emisión de facturas o entrega de mercadería hasta su pago efectivo, metodología diferente a la utilizada por el ministerio de Hacienda y AA.PP. que incluye a todo el sector empresarial independientemente de su dimensión y calcula el plazo medio desde la convalidación de la factura por parte de la administración competente hasta el pago efectivo.

Esto da un margen de entre 30 y 45 días suplementarios que es el periodo que establece la Ley para la convalidación de las facturas por parte de las Administraciones.