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CÉNTIMO SANITARIO

El supremo estima los primeros ocho recursos por el ‘Céntimo Sanitario’

Las reclamaciones proceden de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que desautorizó el impuesto

jueves 28 de enero de 2016, 07:00h

La Sala III del Tribunal Supremo ha deliberado y votado los ocho primeros recursos contencioso-administrativos de reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado por el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos.

El supremo estima los primeros ocho recursos por el ‘Céntimo Sanitario’
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El sentido del fallo es estimatorio de los recursos. Estas reclamaciones provienen de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el caso de 'Transportes Jordi Besora', de 27 de febrero de 2014, que declaró que la Ley que autorizaba dicho impuesto, popularmente conocido como ‘céntimo sanitario’, era contraria a la directiva 92/12/CEE. El texto definitivo de las sentencias se dará a conocer una vez terminada su redacción en los próximos días.

Valoraciones

La Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) valora positivamente la estimación de los primeros recursos por el ‘céntimo sanitario’. “Pendientes de saber el texto definitivo de las sentencias, que se dará a conocer en los próximos días, la CETM quiere valorar positivamente la estimación de los primeros recursos contencioso-administrativos por los que se reclama la responsabilidad patrimonial del Estado por el cobro indebido del céntimo sanitario”, ha señalado la confederación.

“Deseamos que con esta noticia se restauren definitivamente los perjuicios ocasionados a las empresas de transporte y se por ponga el punto y final a una situación que siempre hemos considerado como completamente injusta para nuestro sector”.