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Más obligaciones para el transporte en Francia, en julio

Más obligaciones para el transporte en Francia, en julio

El Decreto prevé que los trabajadores deban llevar consigo un certificado de desplazamiento escrito en francés

lunes 23 de mayo de 2016, 07:00h
En relación con la nueva normativa francesa sobre salario mínimo y su repercusión en el sector del transporte por carretera, Fenebús ha querido informar de que a partir del 1 de julio del presente año se empezarán a aplicar las disposiciones del Decreto n° 2016-418 del 7 de abril de 2016 por el que se adapta el título VI del libro II de la primera parte del Estatuto de los Trabajadores de Francia para las empresas de transporte que desplacen a trabajadores de la carretera o del modo marítimo en el territorio nacional francés y por el que se modifica el código de transportes de este país.

Obliga a remunerar de acuerdo al salario mínimo francés (fijado ahora mismo en 9,6 euros/hora)

Además de obligar a remunerar de acuerdo al salario mínimo francés (fijado ahora mismo en 9,6 euros/hora), el Decreto establece otras obligaciones para empresas establecidas fuera de Francia que desplacen a trabajadores para efectuar y concluir servicios y contratos en Francia. Así el Decreto prevé que esos trabajadores deban llevar consigo un certificado de desplazamiento (escrito en francés), que debe incluir toda la información relativa a la empresa, al trabajador y a su remuneración.

Delegado en Francia

Igualmente, obliga a las empresas en esta situación al nombramiento de un representante en territorio francés, que deberá conservar, a disposición de las autoridades, los documentos que permitan comprobar el cumplimiento del Decreto. Fenebús está trabajando para aclarar las disposiciones de este Decreto y analizar su compatibilidad con el Derecho de la UE y los principios generales del Tratado.