En este encuentro, participó la DGT con la presencia de su subdirectora adjunta de circulación, Ana Blanco, que insistió en la colaboración de todos “con el objetivo de cero muertes en el transporte por carretera para 2050”.
Mientras se trabaja en una ficha de estiba, la DGT ha solicitado a los agentes de inspección que, cuando se formule una denuncia, “se recojan los datos del cargador y del transportista, para delimitar la responsabilidad en el curso de tramitación de la sanción”.
Los transportistas tendrán responsabilidad penal en los casos de daños a terceros
La otra norma en la que está trabajando la DGT, corresponde al desarrollo reglamentario del Real Decreto, que estará centrado en establecer los requisitos y características de la formación destinada a los inspectores que realicen la comprobación de la sujeción de la carga.
Durante su intervención, el representante de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, Fernando Ropero, detalló la metodología de inspección que consiste en “una evaluación visual sobre las medidas de sujeción de la carca, comprobación de fuerzas de tensión, calculo de la eficiencia y de la verificación de los certificados”.
El nuevo Real Decreto irá más allá
Por su parte, el representante de Rogers&Co, Luis Alberto García, aclaró las responsabilidades que se derivan de una inadecuada sujeción de las mercancías. Dio una amplia visión de las consecuencias jurídicas que supone la entrada en vigor del Real Decreto 563/2017 y que van más allá de una simple multa administrativa.
Luis Alberto también explicó que existen penalizaciones para el transportista que podrán ser de tipo civil, al ser considerado, en determinadas situaciones, responsable por los daños y pérdidas que puedan sufrir las mercancías durante el transporte. Además, podrá tener responsabilidad penal en los casos de daños y lesiones a terceros por imprudencia, e incluso responsabilidades empresariales.