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Las empresas ferroviarias accederán a las estaciones

martes 05 de marzo de 2019, 07:00h
La CNMC ha aprobado la Resolución sobre los principios y criterios para la aplicación del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2177 de la Comisión de 22 de noviembre de 2017.
Las empresas ferroviarias accederán a las estaciones
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Las instalaciones de servicio, entre las que se encuentran las estaciones de viajeros, las terminales de mercancías y los talleres, son fundamentales para el transporte ferroviario y su competitividad, tal como indicó la CNMC en su Informe de supervisión del mercado de mercancías.

La Resolución recién aprobada fija el acceso en condiciones adecuadas, tanto técnica, como económicamente, y establece una serie de medidas que favorecerán la entrada de nuevos operadores, en particular, de cara a la apertura en diciembre de 2020 del mercado nacional de transporte de viajeros por ferrocarril.

Descripciones de la instalación

Uno de los aspectos más destacados que establece el Reglamento y la Resolución de la CNMC es la obligación de las empresas que explotan este tipo de instalaciones (terminales de carga, estaciones de pasajeros, etc.) de publicar un documento descriptivo de la instalación, que incluirá información básica sobre las condiciones de acceso y la prestación de servicios ferroviarios.

El Reglamento concede a la CNMC importantes competencias para su aplicación y supervisión. Por ello, en la Resolución aprobada la CNMC establece una serie de criterios para que exista predictibilidad y seguridad jurídica para los explotadores de instalaciones de servicio, empresas ferroviarias y demás candidatos.

Además, se establece el plazo máximo de un mes para que los explotadores de instalaciones de servicio contesten a las solicitudes que realicen las empresas ferroviarias u otros candidatos.

Este plazo permitirá que los entrantes potenciales al mercado conozcan, de forma rápida, la capacidad con que cuentan en terminales y estaciones.