Concretamente están obligados a llevarla los vehículos de anchura superior a 2,10 m y longitud superior a 6 m, entre los que se encuentran las siguientes categorías:
- Vehículos de motor con al menos cuatro ruedas, dedicados al transporte de mercancías, cuya masa máxima sea superior a 7,5 toneladas, con excepción de los chasis cabinas, vehículos incompletos y cabezas tractoras para semirremolques)
- Remolques y semirremolques cuya masa máxima es superior a 3,5 toneladas.
No obstante, es recomendable instalar dicho distintivo, de forma voluntaria, en el resto de vehículos de motor con al menos cuatro ruedas, dedicados al transporte de mercancías o personas que tengan más de ocho plazas, sin incluir la del conductor y al resto de remolques y semirremolques con una masa máxima superior a 0,75 toneladas. Para los vehículos de transporte pesado, matriculados con anterioridad al 10 de julio, la instalación del distintivo será voluntaria.
Cada año se producen en España más de 15.000 accidentes con víctimas en los que están implicados vehículos de transporte de mercancías o pasajeros. Según un estudio realizado por el Departamento de Transporte de los Estados Unidos, el marcado de contorno de los vehículos más pesados, reduciría en casi un 30% los accidentes en los que se ven implicados.