El artículo 20 del Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto del Covid-19 en los ámbitos de transportes y vivienda, permite que se pueda conseguir una moratoria temporal en el pago del principal de las cuotas de los contratos de préstamos, leasing y renting de vehículos dedicados al transporte público discrecional de viajeros en autobús por un máximo de seis meses y hasta el plazo límite y posibles ampliaciones del mismo que establezcan las Directrices de la Autoridad Bancaria Europea sobre las moratorias legislativas y no legislativas de los reembolsos de préstamos aplicadas a la luz de la crisis de la Covid-19.
Así, el pasado mes de diciembre la Autoridad Bancaria Europea modificó sus Directrices sobre las moratorias legislativas y no legislativas de los reembolsos de préstamos aplicadas a la luz de la crisis de la Covid-19 (EBA/GL/2020/15) y donde antes solamente permitía que pudieran concederse estas moratorias si se autorizaban antes del 30 de septiembre de 2020, ahora la Autoridad Bancaria Europea admite que puedan concederse hasta el 31 de marzo de 2021.
Por tanto, aquellas empresas que, cumpliendo los requisitos previstos entre los artículos 18 y 23 del Real Decreto-ley 26/2020, no se hubieran podido acoger a dicha moratoria por finalizar el plazo límite del 30 de septiembre de 2020, pueden optar ahora a solicitar la misma hasta el 31 de marzo de 2021 y por un máximo de seis meses.
Recordamos que el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo, establece en su disposición adicional octava una bonificación del pago de los derechos arancelarios notariales y registrales derivados de la formalización e inscripción de la novación del préstamo, leasing y renting que incluya la moratoria señalada en los artículos 18 al 23 del Real Decreto-ley 26/2020 de 7 de julio de 2020.