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El Gremi pide prohibir la carga y descarga a conductores

El Gremi pide prohibir la carga y descarga a conductores

miércoles 21 de julio de 2021, 07:00h
Mientras que en Portugal la han prohibido, aquí aún no, pero también se podría
El sector del transporte pide al Ministerio de Transportes que adopte la medida aprobada en Portugal y prohíba por ley que los conductores realicen tareas de carga y descarga

• El Gobierno de Portugal aprueba por Decreto ley la prohibición de que los conductores profesionales participen en las labores de carga y descarga de las mercancías, ya sean nacionales o extranjeros, salvo en determinados casos puntuales por razón de la naturaleza de la mercancía, como vienen reivindicando las asociaciones de transportistas.

• El Decreto portugués contempla de forma pionera en la Unión Europea, que el conductor tiene prohibido realizar las labores de carga y descarga teniendo que recurrir a un trabajador, distinta del conductor, cualificado y formado para tal fin, mejorando la profesionalización de los procesos, evitando el intrusismo, reduciendo los accidentes laborales e incrementando los puestos de trabajo.

• En España esta prohibición ya estuvo recogida en la Ley de Ordenación de los Transportes durante más de 10 años, sin que llegara a aplicarse mayo para falta de desarrollo reglamentario.

El Gremio de Transportes y Logística de Cataluña forma parte de la reclamación que la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte en España ha dirigido al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, que recientemente dirige Raquel Sánchez en sustitución de José Luís Ábalos y que hace referencia a la carga y descarga por parte de los conductores.

La negativa hasta ahora del Ministerio de Transportes a la legítima reivindicación de las organizaciones del sector solicitando que se prohíba que el conductor participe en las labores de carga y descarga de la mercancía en los camiones, sin motivos técnicos o legales que justifiquen tal negativa , contrasta con la decisión adoptada recientemente por el Gobierno portugués, tras una larga negociación con las organizaciones empresariales y sindicales lusas y que ha culminado con la aprobación de un Decreto ley publicado en el Diario Oficial de Portugal este martes 13 de julio, y que entrará en vigor el próximo mes de septiembre, por el que se establece la prohibición general que los conductores profesional nacionales e internacionales realicen estas tareas, al no estar capacitados para el desarrollo de la misma.

Hay que recordar que ya la Comisión Europea, la cual no tiene potestad legislativa en la materia, ya recomendó de manera taxativa hace un año la no participación de los conductores en las tareas de carga y descarga, a fin de reducir al máximo los contagios, indicando que "en los puntos de carga y descarga, los conductores deben permanecer, en la medida de lo posible, en la cabina del camión. Las actividades de carga y descarga deben ser realizadas, en lo posible, por el personal de la empresa que recibe o envía la mercancía ".



Mitma


Sin embargo, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de España no sólo no ha abordado esta cuestión en años sino que se ha limitado a hacer una simple recomendación a las empresas cargadoras para tratar de evitar que los conductores realizaran estas tareas. Una recomendación que se ha demostrado totalmente inefectiva, como lo demuestra el hecho de que en la práctica un alto porcentaje de los conductores profesionales continúan realizando estas tareas, que además son ajenas a su actividad, los cuales deberían limitarse a realizar la conducción del vehículo de transporte, excepto en aquellos casos fijados en los que por la especialidad de la mercancía transportada o del equipamiento técnico del vehículo requieran su participación. Obligar a los conductores a realizar estas tareas está generando una situación de agravio e intrusismo profesional respecto a los profesionales y auxiliares de almacén, entre otros perfiles, y supone un freno a nuevas contrataciones.




En este sentido, la constatación por parte de las autoridades portuguesas de la falta de implicación de las empresas cargadoras y operadores logísticos en la mejora de la actividad de la carga y descarga así como la reducción de los tiempos de espera, ha motivado la aprobación del citado Decreto ley al considerar que la situación actual no cumple "con los objetivos de política pública y han demostrado ser perjudiciales para la economía nacional y la productividad empresarial", como se señala expresamente en su exposición de motivos.

Por ello, el Decreto portugués contempla de forma pionera en la Unión Europea, que el conductor tiene prohibido realizar las labores de carga y descarga y que, como regla general, la carga y descarga de la mercancía debe ser realizada por el expedidor o el destinatario de la mercancía respectivamente, "teniendo que recurrir a un trabajador, distinta del conductor, cualificado y formado para tal fin", salvo en determinados supuestos fijados en función de la naturaleza de la mercancía, como es el transporte de mercancías peligrosas , portavehículos / grúas, mudanzas y distribución urbana.

El incumplimiento de esta obligación se considera infracción muy grave, pudiendo ser sancionado con multa de hasta 15.000 euros.

Por ello, las asociaciones vinculadas con Fenadismer, como el Gremio de Transportes y Logística de Cataluña, apelan una vez más al Ministerio de Transportes para que atienda esta reivindicación, que el Gremio considera legítima y necesaria, y proceda a su inmediata aprobación mediante Decreto ley, lo que además de suponer ningún coste para las arcas públicas contribuiría a reducir la alta siniestralidad laboral que soporta el sector del transporte por carretera.


Esta prohibición ya estuvo recogida en la legislación española durante más de una década, en concreto en la Ley de Ordenación de los transportes Terrestres desde el año 2003 hasta el año 2013, tanto en su previsión legal estableciendo tal prohibición como en el tipo infractor muy grave que se previó en caso de incumplimiento, sin que llegara a aplicarse por falta de desarrollo reglamentario, "lamentablemente una práctica habitual entre nuestros gobernantes y legisladores, aprobar textos y no desarrollar los reglamentos para poner en práctica lo aprobado en sede parlamentaria ", comenta el presidente del Gremio de Transportes y Logística de Cataluña, Antonio Martínez.