Dicho impuesto, en vigor desde enero del 2002, grava el consumo de carburantes (gasolinas o gasóleos) con un sobrecargo en toda España (a excepción de Canarias) de 2,4 céntimos en cada litro consumido. Además, en seis Comunidades Autónomas (Galicia, Asturias, Madrid, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana y Cataluña) se aplica un recargo superior que alcanza hasta los 4,8 céntimos por litro.
La Comisión Europea, mediante dictamen motivado el pasado año, instaba al Gobierno español a que modificara la legislación española por considerar que dicho impuesto no se ajustaba a la normativa comunitaria, amenazando con presentar la correspondiente demanda ante el Tribunal de Justicia Europeo si no corregía dicha situación ilegal.
Dicha decisión de la Comisión Europea no ha sido ejecutada por el Gobierno español, recuerdan desde Fenadismer, por lo que de dictarse una "previsible" sentencia del Tribunal de la UE, podría obligar a la Agencia Tributaria española a devolver a los consumidores profesionales y particulares lo recaudado en los últimos cuatro años (al haber prescrito la posibilidad de reclamar lo recaudado antes de 2005), "en torno a 1300 millones de euros anuales más los intereses legales de demora vigentes, lo que supondría un importante quebranto económico para las arcas públicas superior a los 5.000 millones de euros, lo que aconseja dejar en suspenso inmediato la aplicación de dicho impuesto a fin de no agravar la precaria situación financiera de la Hacienda española".