El texto definitivo incorpora algunas enmiendas del Senado de carácter muy positivo, en particular el plazo de tres meses que se da de forma excepcional para que los autónomos que ahora no lo hagan puedan cotizar por las contingencias profesionales y de esa forma disfrutar de la prestación desde el primer momento, así como el compromiso de regular un sistema por el que se puedan capitalizar las prestaciones para poner en marcha un nuevo negocio, y la reducción a 12 meses del periodo intermedio entre el disfrute de los derechos de prestación.
También se incorpora una enmienda por la que se aprueba una nueva prestación no contributiva de 425 euros para los autónomos que hayan quedado en paro desde el 1 de enero de 2009, con diversas limitaciones y restricciones. UPTA, aun considerando positiva esta decisión, expresa sus cautelas sobre la formulación definitiva, debido a la compleja redacción de la enmienda. Por otra parte considera que esta prestación sea para casos de verdadera necesidad, con el fin de que en ningún caso solape el sistema contributivo, que es el que debe consolidarse en el futuro y de forma inmediata.
En todo caso, 540.000 autónomos que ya están acogidos a las contingencias por accidente de trabajo y enfermedad profesional podrán entrar automáticamente en el sistema con un complemento de cotización moderado, y se espera que cientos de miles de autónomos más se incorporen voluntariamente al mismo.