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El convenio de transporte de viajeros de Madrid no puede incluir al discrecional, a juicio del SLT

miércoles 13 de abril de 2011, 01:00h

La Comunidad de Madrid requiere a los firmantes del convenio colectivo de transporte de viajeros por carretera de vehículos de tracción mecánica de más de nueve plazas incluido el conductor, para que excluya o modifique del texto del convenio todos los artículos que afectan al sector del discrecional madrileño.

El pasado 22 de febrero, la Dirección General de Trabajo trasladó de oficio a los firmantes del mencionado convenio que el texto debe ser modificado en los artículos 14,16, 23, 30, 35, Disposición Transitoria y Tablas salariales "excluyendo todas las referencias al Convenio Colectivo de transportes discrecionales y personal acogido al mismo". A su vez, requiere que por la parte empresarial deben aportar documentación que justifique el tener representatividad necesaria para poder firmar un acuerdo marco.

Por otro lado, la Administración advierte que de no ser subsanado en estos términos el contenido del convenio el expediente podrá ser enviado de oficio a la jurisdicción competente. Las partes que integran la comisión negociadora del citado convenio se reunieron el pasado 30 de marzo para debatir el requerimiento de subsanación de la autoridad laboral. En dicha reunión, la parte empresarial representada por Asintra y Fenebus junto con UGT y CCOO, indicaron que no van a modificar nada del contenido y que insistirán en la Administración para oponerse al requerimiento de subsanación. El SLT continúa en la línea de cerrar un convenio que afecte únicamente al regular, puesto que el discrecional ya cuenta con su propio convenio desde hace más de nueve años, el cual ha sido avalado por el Tribunal Supremo en sentencia de 12 de junio de 2009.

Para el SLT, "el continuar obviando que existe un convenio en el discrecional no hace más que perjudicar los intereses del sector del regular, que a fecha de hoy continua sin una norma publicada en el BOCM y, por tanto, sin validez jurídica que regularice las relaciones laborales entre empresarios y trabajadores. A su vez, el aumentar el ámbito del convenio provoca que se aleje de la realidad laboral de las empresas, especialmente en materias como la jornada laboral o las tablas salariales, donde existen grandes diferencias entre el trabajo del transporte discrecional y el regular. Es fundamental que cada subsector tenga su propio convenio colectivo que sea coherente con la realidad de las empresas y facilite la creación de empleo y la mejora social", concluye el sindicato.