La entrada en vigor de la Orden FOM/2861/2012 ha provocado que los transportistas de mercancías tengan que portar un nuevo documento que les permita regular el transporte. El pasado 5 de Julio se hacía efectiva y, desde ese día, los transportistas y las empresas contratantes de los mismos son responsables de la elaboración y formalización del citado documento.
Hasta entonces la anterior regulación establecía que la responsabilidad de la confección de los documentos de control corespondía, única y exclusivamente, a la empresa que expedía el material directamente al transportista. No obstante, como los documentos de control son comprobados por las fuerzas de vigilancia en carretera será el transportista el que deba llevar debidamente cumplimentados los correspondientes mecanismos de supervisión. De esta manera la responsabilidad recae sobre los transportistas y quedan liberadas las empresas que entregan el material para la ejecucción de los servicios.
Con el fin de facilitar el riguroso papeleo a los transportistas, la sección de Madrid de la Federación Nacional de Transportistas de España (FENADISMER) proporcionará de manera gratuita a sus asociados el talonario con los nuevos documentos de control, con el formato ajustado a los baremos de la Orden Ministerial.
En caso de que el transportista no llevase consigo el citado documento de control la multa ascendería a 1.001 euros, aunque dicho importe será reducido próximamente hasta los 401 euros a través de la modificación de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.