www.nexotrans.com

NUEVAS MEDIDAS

Las empresas de transporte deberan realizar un visado que certifique todas las licencias en vigor que tengan

La medida afectará a las autorizaciones de vehículo ligero, pesado y a los operadores intermediarios de transporte

viernes 27 de diciembre de 2013, 01:00h

Las empresas de transporte de mercancías y los autónomos deberán visar las autorizaciones de que dispongan, y tienen asignado un mes para hacerlo. La medida se aplicará a partir del próximo año 2014 y siguientes. La documentación a aportar que acredite la actividad de transporte es idéntica a la de años anteriores.

Retenciones de tráfico.
Retenciones de tráfico.

Durante el próximo 2014, las empresas de transporte de mercancías titulares de autorizaciones de servicio público tanto en vehículo ligero (MDL) como en vehículo pesado (MDP) así como los Operadores Intermediarios de Transporte (OT), tendrán que realizar el visado de las autorizaciones de transporte que tengan en vigor.

Cada mes se realizan para aquellas sociedades y personas físicas (autónomos), dependiendo del último número de su CIF o DNI. La documentación a presentar es idéntica a la de años anteriores: justificante del cumplimiento de los requisitos de competencia profesional, capacidad económica y honorabilidad, así como que se encuentre al corriente de sus obligaciones sociales y fiscales. Junto a estos datos, se aportará la documentación actualizada de sus vehículos de transporte en el caso de las empresas transportistas.

Sin excepción

Fenadismer ha recordado que, el próximo año 2014, ya no está en vigor el régimen excepcional de suspensión parcial de autorizaciones para vehículos que se encuentren inactivos, por lo que, en caso de no acreditar la documentación en vigor de algún vehículo de transporte, se perderá definitivamente la autorización del mismo, sin posibilidad de rehabilitación.

En cuanto a lo que queda de 2013, las empresas y autónomos deberán acreditar igualmente que disponen de un establecimiento fijo y efectivo, en los que conserven los documentos principales de la empresa (esto es, contable y  facturación, tiempos de conducción, documentos de control y la del personal).

Por último, desde Fenadismer también ha recordado que para el año 2014 todavía no se requerirá que las empresas dispongan de firma o dirección de correo electrónica; ni siquiera de equipamiento informático adecuado previsto en la reforma de la Ley de Ordenación de los transportes Terrestres (LOTT), aprobada el pasado mes de Julio, ya que dicho requisito sólo se exigirá para las empresas transportistas con ocasión del visado de 2016.