Asimismo, el Real Decreto aprobado el viernes 27 modifica el Estatuto del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif) para adaptarlo a la nueva situación de la entidad, tras la separación de su rama de actividad. El contenido del Estatuto de la nueva entidad es similar al de Adif, ya que ambas empresas estarán habilitadas para el desempeño de funciones relacionadas con la gestión del tráfico ferroviario correspondiente a su ámbito de actividad.
La nueva entidad Adif Alta Velocidad, asumirá, entre otras, las competencias en materia de construcción y administración de parte de las infraestructuras ferroviarias de alta velocidad, así como otras infraestructuras y funciones que se le transfieran, los negocios de estaciones de alta velocidad o las actividades de telecomunicaciones y de energía.
Este Real Decreto prevé igualmente la posibilidad de encomienda, mediante la suscripción de los oportunos convenios de prestación de servicios, de la realización por Adif de determinadas actividades para Adif Alta Velocidad, incluida la gestión de los sistemas de control de la circulación y de la capacidad de las infraestructuras, el mantenimiento, la protección y seguridad ciudadana, funciones corporativas, etc.
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