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ACUERDOS EXTRAJUDICIALES

Las Juntas Arbitrales del Transporte de la Comunidad de Madrid recibieron 1.887 peticiones en 2014

Ayudan a la resolución amistosa de los conflictos en el Sector

martes 17 de febrero de 2015, 01:00h

La Comunidad de Madrid contribuyó en 2014 a finalizar de forma amistosa 1.887 conflictos en el ámbito del transporte a través de las Juntas Arbitrales específicas para este Sector.

Grupo de camiones estacionados.
Grupo de camiones estacionados.

De las reclamaciones presentadas, algo más de la mitad, concretamente 946, fueron solicitudes de arbitraje externas, es decir, remitidas por Ayuntamientos, OMIC, organismos de Consumo y otras Juntas Arbitrales. El resto, 941, fueron directas, hechas por empresas o ciudadanos.

Las Juntas Arbitrales del Transporte de Madrid se configuran como un órgano institucional de carácter administrativo cuya función, entre otras, es la resolución de las controversias que se originen, tanto por parte de los consorcios como de los ciudadanos, en relación con el acatamiento de los contratos de transporte terrestre de mercancías y viajeros, así como de sus actividades auxiliares, derivadas y complementarias.

En lo que se refiere a las resoluciones arbitrales, se decretaron un total de 635 laudos arbitrales, siendo esta la forma normal de finalización de un procedimiento arbitral y 502 decisiones de archivo de expedientes, ocasionándose éstas por diversas causas, como que las partes en conflicto lleguen a un acuerdo amistoso antes de la vista oral, que la parte reclamante no comparezca a la misma desistiendo por tanto de su acción o la imposibilidad de poder localizar a alguno de los litigantes, así como la inhibición de la Junta a favor del juez del concurso de acreedores, situación cada vez más común.

Estas situaciones, en mayor o menor medida, han venido aumentando paulatinamente en los últimos tiempos, en concreto las situaciones de concurso y los pagos al reclamante antes de la celebración de la vista.

Tipos de sesiones

En cuanto a las sesiones (días en que se celebraron vistas) fueron 79 de mercancías y 19 de viajeros, y respecto a las vistas propiamente dichas (asuntos) fueron convocadas 967 y 784 efectivas (en el mes de agosto no se celebran). Esta discrepancia, relacionada con el incremento de decisiones de archivo, ocurre por el hecho de que algunas veces se deben suspender las vistas, bien por imposibilidad de citar al reclamado debiendo celebrarse el asunto otro día, por acuerdos de pago previos, desistimientos, etc...

Los datos muestran la confianza que los madrileños depositan en este sistema de arbitraje, que data de 1991, desde cuando ha venido consolidándose como una alternativa rápida, cómoda y económica a la vía judicial en los problemas que puedan plantearse entre empresas transportistas o entre particulares y empresas. Entre sus ventajas cabe destacar que el plazo medio de citación a vista oral es de un mes desde la presentación de la demanda arbitral y de uno a dos meses el de dictado del laudo a partir de la celebración de la vista oral.