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UPTA requerirá una justicia gratuita para autónomos insolventes que no cuenten con otras rentas

jueves 12 de marzo de 2015, 01:00h
La Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) ha presentado con carácter urgente diferentes proposiciones de modificación del Real Decreto Ley 1/2015, de 27 de febrero, que regula el mecanismo de segunda oportunidad para autónomos y microempresas.

El Real Decreto Ley será convalidado en próximas fechas por el Congreso, y UPTA espera que tenga posteriormente un trámite parlamentario con el fin de poder incorporar mejoras. O bien incorporarlas al Proyecto de Ley que modifica el procedimiento concursal que actualmente se debate en el Congreso.

En primer lugar, UPTA solicita que los créditos de derecho público, en especial con Hacienda y Seguridad Social, puedan incorporarse a la masa y ser exonerados hasta un 50%. "No parece razonable que desde el sector público se pida un esfuerzo a los acreedores privados y sin embargo el propio sector público no lo haga", dice el secretario general de UPTA, Sebastián Reyna.

Por otra parte, se propone que desaparezca la cita diciendo que durante un periodo de cinco años los acreedores estén legitimados para revocar el beneficio de la exoneración en el caso de que mejore sustancialmente la situación económica del deudor. "Entendemos que esta medida hace perder toda su naturaleza al concepto de segunda oportunidad, ya que precisamente lo que debe buscarse es una mejora sustancial en la situación de los deudores", reseña Reyna.

Asimismo, parece necesario que en ciertos casos no se condicione el acceso al sistema sólo a aquellos autónomos que tienen capacidad para pagar los gastos del procedimiento. Así, se propone que para los autónomos en situación de insolvencia se aplique una 'justicia gratuita' siempre que se contraste que no cuentan con otras rentas y sus deudas comerciales o financieras no hipotecarias no sean superiores a 20.000 euros.

También UPTA se opone a que se dé la exclusiva a las Cámaras de Comercio para realizar los servicios de acuerdos extrajudiciales entendiendo que esta posibilidad debe extenderse a todas las asociaciones socioprofesionales que cuenten con un servicio de mediación registrado. Por último, se pide una rebaja en la remuneración del mediador concursal que para las personas naturales con actividad económica debe ser del 75% sobre la base de remuneración. Todas estas ideas han sido presentadas ya a los Grupos Parlamentarios.