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Nuevo permiso para la circulación en malas condiciones meteorológicas

Nuevo permiso para la circulación en malas condiciones meteorológicas

miércoles 20 de enero de 2016, 07:00h
La Dirección General de Tráfico ha establecido una normativa para la circulación de autobuses y autocares en condiciones meteorológicas adversas que está basada en un código de colores. Un tema de gran importancia para nuestras empresas y del que no han sido informadas las asociaciones nacionales y el Comité Nacional del Transporte por Carretera, ni por el Ministerio de Fomento a través de la Dirección General de Transportes Terrestres, ni por la propia Dirección General de Tráfico, lo que resulta increíble sobre todo ahora que se inicia la temporada invernal y con ella, la nieve. Una prueba más de la escasa relación y nula colaboración de la Administración con el sector. Así comunicaba Asintra la última normativa establecida por la DGT.

Diferencias entre el nivel amarrillo y rojo

Por lo que se refiere a los autobuses, se permite su circulación cuando la calzada empieza a cubrirse de nieve (nivel amarillo), pero no cuando la calzada está cubierta (nivel rojo), a diferencia de lo que sucede con los vehículos ligeros. Esta restricción general resulta suficiente en la mayoría de los casos. Sin embargo, en determinadas zonas de alta montaña la meteorología que sufren provoca que sea frecuente la existencia de nivel rojo de circulación en la época invernal, lo que ocasiona que el transporte escolar y la circulación de autobuses en general se vean seriamente afectados con elevada frecuencia. Por eso, parece aconsejable, al igual que sucede en otros países con esta climatología, articular un régimen diferenciado de restricciones, para que determinados autobuses, especialmente acondicionados para circular por calzadas nevadas, puedan hacerlo de manera excepcional, conjugando la seguridad con el normal funcionamiento de centros escolares, centros de trabajo, etc.

Las restricciones que se plantena resultan suficientes en la mayoria de los casos

Además de lo anterior, también resulta necesario que en casos concretos en los que se prolongue de manera sostenida en el tiempo el nivel rojo en este tipo de vías de alta montaña se permita excepcionalmente el paso de determinados vehículos pesados con una masa máxima admisible (MMA) inferior a 7.500 kg (no articulados) que presten servicios de transporte de mercancías esenciales (abastecimiento de alimentos, retirada de basuras, etc.) siempre que reúnan los requisitos técnicos necesarios para circular en condiciones de seguridad.

La instrucción, firmada por la Directora General de Tráfico, María Seguí Gómez, el 1 de diciembre de 2015 y remitida a todas las unidades de dicho organismo tiene por objeto establecer los requisitos que han de cumplir los autobuses y vehículos pesados para que puedan circular en las vías de alta montaña con nivel rojo, así como determinar la documentación que acredite el cumplimiento de los mismos y procedimiento de obtención.

El documento completo se encuentra adjunto a esta noticia.