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Un autocar recorre una zona de campiña.
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Se aprueban dos Proyectos de Ley sobre el tema de contratación pública

Para la tramitación parlamentaria de ambos se ha solicitado el procedimiento de urgencia.

martes 06 de diciembre de 2016, 07:00h
El Consejo de Ministros del pasado 25 de noviembre aprobó la remisión a las Cortes Generales de dos Proyectos de Ley a través de los que se van a transponer a la legislación española tres Directivas comunitarias sobre contratación pública. Para la tramitación parlamentaria de ambos Proyectos de Ley se ha solicitado el procedimiento de urgencia. En febrero de 2014 la Unión Europea aprobó un nuevo paquete de tres Directivas de contratación. Dos de ellas revisan las actualmente en vigor (Directiva General sobre contratación pública y Directiva de la contratación en los sectores agua, la energía, los transportes y los servicios postales) y una tercera Directiva es nueva y se refiere a los contratos de concesión.

Se pretende reducir cargas administrativas y agilizar procedimientos de contratación pública, reduciendo los plazos de tramitación y apostando por la utilización de medios electrónicos, informáticos y tecnológicos

El primero de los Proyectos de Ley aprobado regula la contratación del sector público en general, mientras que el segundo lo hace con las especialidades en materia de contratación en los señalados sectores concretos. De este modo, la nueva directiva de concesiones se incorpora a estas dos normativas sin que se apruebe una específica en esta materia. Aunque la tramitación de los Proyectos de Ley finalizó en marzo de este año, no pudieron ser remitidos a las Cortes con anterioridad por estar el gobierno en funciones. En este momento su tramitación y aprobación es urgente ya que se ha sobrepasado el plazo de transposición máximo previsto (18 de abril de 2016).

Objetivos y novedades

Los objetivos esenciales y principales novedades de las leyes son los siguientes: En primer lugar, se pretende reducir las cargas administrativas y agilizar los procedimientos de contratación pública, reduciendo en general los plazos de tramitación y apostando decididamente por la utilización de medios electrónicos, informáticos y tecnológicos. En particular, cabe destacar la generalización del uso de las llamadas ‘declaraciones responsables’ en las que el empresario simplemente manifiesta que cumple los requisitos para acceder a la licitación sin necesidad de presentar documentación justificativa hasta el momento en que resulte adjudicatario del contrato.

Se pretende aumentar la competencia y permitir un mayor acceso de las pymes a la contratación pública con medidas tales como: Se incentiva que los contratos se dividan en lotes. Hasta ahora, la normativa vigente exigía que se motivara la existencia de diversos lotes en un contrato. A partir de la nueva Ley, el principio será el contrario y se deberá justificar como excepcional el hecho de que no exista división de los contratos en lotes.

Se restringe la utilización de los llamados ‘medios propios’ (entidades creadas por una Administración o poder adjudicador para la realización de determinadas actividades sin someterse a un procedimiento de contratación). En la nueva Ley aumentan las exigencias para garantizar que la utilización de estos medios propios está justificada y no atenta al principio de libre competencia. Se posibilita que el órgano de contratación exija, como criterio de solvencia de los licitadores, el que el periodo medio de pago a sus proveedores no supere los límites que se establezcan.

Por otra parte, las nuevas leyes persiguen mejorar la publicidad y transparencia y luchar contra la corrupción en los contratos públicos. Así, se aprueba una nueva regulación más rigurosa de las prohibiciones de contratar (por ejemplo, no podrán ser contratistas los condenados por corrupción entre particulares) y se incluye en el ámbito subjetivo de la Ley a los partidos políticos, organizaciones sindicales y asociaciones empresariales cuando se financien mayoritariamente con fondos públicos, lo que les obligará, en determinados supuestos, a adjudicar sus contratos siguiendo un procedimiento público