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La cotización a tiempo parcial de los autónomos en proceso de negociación

Desde ATA se ponen a disposición del Gobierno para cuanto antes ponerse a trabajar en el Parlamento.

jueves 12 de enero de 2017, 07:00h
Lorenzo Amor, presidente de ATA
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Lorenzo Amor, presidente de ATA
La posibilidad de que los autónomos coticen a tiempo parcial es una vieja reivindicación que muchas veces se ha puesto sobre la mesa. El Estatuto del Trabajo Autónomo contempla esta posibilidad aunque no se ha desarrollado reglamentariamente. Desde ATA se ponen a disposición del Gobierno para cuanto antes ponerse a trabajar en el Parlamento.

A disposición del Gobierno

La cotización a tiempo parcial de los autónomos tendrán que negociarla con el Gobierno y en el Parlamento, y con todos los partidos políticos en el seno de la subcomisión creada para la reforma del RETA dentro de la Comisión de Empleo del Congreso de los diputados. Seguridad Social ya ha comunicado que iniciará conversaciones con los representantes de los autónomos para estudiar fórmulas de cotización a tiempo parcial para los autónomos pero que tendrán que ir paralelas a los trabajos de la subcomisión creada en el Congreso de los Diputados y que tiene, entre otros objetivos, este análisis de la cotización a tiempo parcial para los autónomos. Desde ATA se ponen a disposición del Gobierno para cuanto antes ponerse a trabajar en el Parlamento con el objetivo de buscar soluciones a los autónomos que por su actividad, temporalidad u otras condiciones no realizan una actividad a jornada completa.

Desde ATA se ponen a disposición del Gobierno para cuanto antes ponerse a trabajar en el Parlamento con el objetivo de buscar soluciones a los autónomos que por su actividad, temporalidad u otras condiciones

Asegura Lorenzo Amor, presidente de ATA, “todos tenemos muchas ganas pero es una reforma que hay que afrontar con tranquilidad. Es un reto que debe abordarse con la profundidad que merece y la suficiente reflexión”, añade.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016 aplazaba la entrada en vigor de la posibilidad de ejercer a tiempo parcial la actividad autónoma hasta 1 de enero de 2017. Sin embargo, a pesar de que las modificaciones realizadas en su momento en la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, para el efectivo desarrollo de esta posibilidad será necesaria la implantación de las siguientes reglas específicas que están aún por desarrollar:

- Establecimiento de condiciones reglamentaria para la inclusión en el RETA de los trabajadores por cuenta propia que ejerzan su actividad a tiempo parcial;

- Establecimiento de un sistema de cotización a tiempo parcial para los trabajadores autónomos, por actividades o colectivos o durante determinados periodos de su vida laboral;

- Establecimiento de determinadas reducciones y bonificaciones a la Seguridad Social a quienes ejerzan su actividad a tiempo parcial, en análogas condiciones a las de un trabajador por cuenta ajena contratado a tiempo parcial.