Para la Asociación la nueva norma provoca inseguridad jurídica
Asic asegura que tras la publicación de la sentencia, el pasado 20 de diciembre, algunos gobiernos europeos como el de los Países Bajos, han anunciado sanciones contra aquellos transportistas que realicen su descanso de más de 45 horas utilizando el camión, uniéndose así a otros miembros centroeuropeos de la Unión que, en los últimos dos años, habían establecido por su cuenta la prohibición y las correspondientes sanciones en sus territorios.
Falta de concreción
A este respecto el director general de Astic, Ramón Valdivia, critica “la inseguridad jurídica que genera esta interpretación, ya que el documento original no detalla la prohibición expresa ni los límites de la misma; no es de recibo que se sancione una acción o conducta que no está prohibida expresamente y tipificada en la norma. No sabemos qué es lo que concretamente está prohibido hacer durante esos periodos de tiempo como tampoco se sabe quién soportará la denominada ‘carga de la prueba’ cuando los agentes denuncien las posibles infracciones”.
Por otro lado, Astic reclama inversiones en infraestructuras “suficientes y adecuadas” para poder realizar el descanso de los transportistas con sus autocares, sus camiones y sus cargas. En palabras de Valdivia, “no parece muy justo sancionar a un transportista que está realizando el descanso en su cabina si no existen suficientes alternativas adecuadas, seguras y con capacidad suficiente para acoger tanto a conductores, como a vehículos”.
Desde la patronal del transporte instan a reconsiderar la flexibilización de los horarios de conducción que faciliten la vuelta a casa, en lugar de, lo que la asociación entiende, por seguir poniendo trabas al desarrollo de esta actividad, que consideran como estratégica en cuanto a vertebradora de la economía en su conjunto.