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    25 de abril de 2024

Certificado de actividades

''Los Estados no deben imponer el uso de este formulario (o cualquier otro formulario que atestigüe las actividades de los conductores cuando se encuentren fuera del vehículo'', aclaran desde Bruselas

09/05/2016@06:00:00
La Comisión Europea ha aprobado la Nota Interpretativa nº 7 relativa a la utilización del ‘certificado de actividades’.

08/10/2015@01:00:00

La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) ha podido acceder a la nota interpretativa aprobada últimamente por la Comisión Europea en relación a la obligatoriedad de la utilización del "certificado de actividades", documento regulado en la Directiva CE 2006/22, en cuyo artículo 11 establece que en ciertas situaciones cuando el conductor de un vehículo de transporte obligado a llevar tacógrafo se encuentra alejado del vehículo y, en consecuencia, dichos periodos de tiempo no pueden ser registrados en el aparato tacógrafo, debe hacer constar dicha situación en el referido documento.

El nuevo reglamento europeo sobre tacógrafo digital inteligente que ha entrado en vigor no deroga tal obligación

05/03/2015@00:00:00
En relación a la información errónea que se está difundiendo en algunos foros según la cual a partir del pasado 2 de marzo no sería exigible el certificado de actividades, Fenadismer ha aclarado mediante un comunicado que dicha información es errónea y que en consecuencia, se mantiene vigente la obligación de elaborar el certificado de actividades a partir de dicha fecha.

INSPECCIONES

Se sancionará por carencia de registros obligatorios, pero nunca por falta de certificado de actividades

24/05/2016@06:00:00
El Ministerio de Fomento confirma que no es obligatoria la utilización del certificado de actividades en sustitución de los datos no registrados en el tacógrafo, aseguran desde Fenadismer.
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