Sentencia susceptible de recurso de casación, en el plazo de 30 días, manteniéndose en funcionamiento hasta sentencia definitiva
08/02/2021@06:00:00
Los empresarios alegaban en el recurso que se habían omitido los trámites esenciales señalados en su aprobación y haberse incumplido los principios recogidos en el Título III de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.