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Castilla y León exime a los conductores de las labores de carga y descarga

La Comunidad permite la apertura de servicios de restauración en las estaciones de servicio

jueves 05 de noviembre de 2020, 07:00h
Castilla y León exime a los conductores de las labores de carga y descarga
La Junta de Castilla y León, en su Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria generada por el coronavirus —que acaba de aprobar—, establece cómo actuar en las labores de carga y descarga en el transporte de mercancías, eximiendo de esta labor a los conductores, "siempre que sea posible".

El Gobierno de Castilla y León, en su Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, por el que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se aprueba el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, establece, en lo que se refiere al transporte de mercancías, que "las empresas cargadoras, logísticas y de transporte de mercancías han de cumplir las pautas de protección prescritas por la autoridad sanitaria, evitando contactos con el personal de conducción en el momento del intercambio de documentación en los sitios de carga y descarga. Asimismo, el personal de conducción, siempre que sea posible, no intervendrá en la carga y descarga, siendo ésta responsabilidad del centro donde se efectúe tal actividad, debiendo mantenerse dentro de la cabina o en las zonas específicamente habilitadas al efecto".

"Supone un avance hacia la consecución de una de las reclamaciones históricas del Sector"

La Federación de Empresas de Transporte de Mercancías por Carretera de Castilla y León (Fetracal) considera que es un paso "muy importante" que ha dado la Junta de Castilla y León que lleva años exigiendo que las labores de carga y descarga no las realicen los conductores. "En los últimos meses, debido a la irrupción del coronavirus y con la consideración del transporte de mercancías por carretera como un sector esencial del país, el riesgo de contagio que tenían los conductores era muy elevado, lo que lastraba la economía de nuestras empresas, autónomos y trabajadores", afirma Fetracal. Por ello, este punto del Acuerdo es, para la organización empresarial de Castilla y León, un motivo de "satisfacción contenida" porque se confía en que esas recomendaciones se plasmen en exigencias.

Asimismo, la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) señala que esta medida, "aunque se ha tomado ante una situación excepcional como es la pandemia del coronavirus, supone un avance hacia la consecución de una de las reclamaciones históricas del Sector, como es la prohibición de la carga y la descarga por parte de los conductores". La patronal asegura que "la participación de los conductores en las labores de carga y descarga no solo contraviene la normativa de prevención de los riesgos laborales, sino que pone en riesgo su salud, aumentando las probabilidades de contagio, y son los principales motivos por los que desde la CETM llevamos años reclamado al Gobierno central su regulación".

Por su parte, la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer), ha aprovechado la medida de Castilla y León para solicitar al Ministerio de Transportes que prohíba, con carácter excepcional, que el conductor profesional intervenga en las labores de carga y descarga de la mercancía en los camiones en la actual situación de emergencia sanitaria, a fin de reducir el riesgo de contagio del coronavirus en esta segunda ola. "No hay ningún motivo de índole sanitario o administrativo que justifique la cerrazón del Ministerio de Transportes en regular tal prohibición a través de una regulación de carácter sanitario, ya que mantener la posibilidad de que tengan que seguir realizando dichas tareas en los centros de carga y descarga, manipulando maquinarias de terceros en emplazamientos que les son ajenos, no hacen sino aumentar las posibilidades de contagio de los conductores, además de ir en contra de todas las medidas de prevención sanitaria exigidas por el Gobierno en los últimos meses", ha añadido la patronal.

Restauración para conductores

La Junta de Castilla y León, por otro lado, ha declarado el nivel 4 de alerta en la Comunidad por la pandemia del coronavirus que incluye una serie de medidas que comenzarán a las 0:00 horas del 6 de noviembre, entre otras, la suspensión todas las actividades de restauración, tanto en interiores como en terrazas, aunque se permite los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada.

Esta excepción, según recoge en el Acuerdo 78/2020, de 3 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, se realiza "con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso, y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros".

Otras excepciones sobre la suspensión de las actividades de restauración tienen que ver son los servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo; los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos; los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, incluyendo las actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social; y otros servicios de restauración de centros de formación y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.