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La morosidad en transporte desciende de nuevo en Marzo, pero no es suficiente

La morosidad en transporte desciende de nuevo en Marzo, pero no es suficiente

El Servicio de Inspección del Ministerio de Transporte confirma que en sus actuaciones de oficio a empresas incluirán un control especial de los plazos de pago a los transportistas por parte de sus clientes

miércoles 20 de abril de 2022, 07:00h
Un 21% siguen pagando a más de 6 meses

Recordemos que en octubre pasado, la ley aprobó un nuevo régimen sancionatorio para combatir la morosidad en el sector camionero, con sanciones por incumplimiento de los plazos de pago. En el ámbito del transporte de mercancías por carretera, las multas pueden llegar a los 6.000 euros y hasta los 30.000 euros a los reincidentes que cometan más abusos. Durante los meses que entró en vigor el mencionado régimen sancionador, se observó una evolución positiva en la cláusula de pago máximo, pero lamentablemente aún existía un alto porcentaje de incumplimiento de las reglas.

Por ello, y con el fin de verificar el cumplimiento de la normativa española en materia de lucha contra la morosidad, Fenadismer continúa elaborando mensualmente un observatorio permanente de morosidad y pagos al Sector, verificado en 2012 con la Fundación Quijote para el Transporte del Cumplimiento de la Los requisitos reglamentarios anteriores determinan que el plazo máximo de pago es de 30 días a partir de la fecha del servicio, y en su caso, el plazo máximo legal podrá ampliarse a 60 días. escrito por las partes.

La morosidad baja en Marzo

Así, en el pasado mes de Marzo se ha vuelto a constatar una nueva reducción en los plazos de pago a los transportistas, situándose en el último mes en 77 días de media, aunque aún subsiste un porcentaje relevante de incumplimiento de la norma, en concreto un 62% en Marzo, con el agravante de que un 38% de los incumplidores lo hicieron a más de 90 días e incluso un 21% a más de 120 días, esto es, a 6 meses. En cuanto a los medios de pago que utilizados para el pago de los servicios de transporte, las modalidades más habituales han continuado siendo por este orden la trasferencia (65%), seguido del confirming (28%), el pagaré (6%) y el cheque (<1%).

Con el fin de cumplir mejor con la ley sobre infracciones y delitos, la Inspección del Ministerio de Transporte ha confirmado a través de una carta del Director General Adjunto de Inspección a la asociación que estableció el comité que, a solicitud de Fenadismer, incluirán controles especiales sobre las condiciones de pago de los transportistas de los clientes en sus programas automatizados con la empresa. De las empresas de carga y los intermediarios, esto eliminará los posibles abusos e incumplimientos que continúan ocurriendo en la actualidad. Para ello, en todas las solicitudes de inspección, todas las empresas están obligadas a presentar un "Recibo/Comprobante de Gastos" por cada factura correspondiente a los servicios de transporte realizados o contratados durante este período. Reclamaciones, si de la documentación aportada consta que en los correspondientes expedientes sancionadores se establece que los plazos de pago superan el máximo legal.