Ambos textos, aprobados el día 21 de octubre, entran en vigor el próximo 4 de diciembre, si bien el primero de ellos tendrá efectos a partir del 4 de diciembre de 2011, y el segundo, se aplicará también a partir del 4 de diciembre de 2011 aunque los artículos 8 y 9 referidos al cabotaje lo harán a partir del 14 de mayo de 2010. El Ministerio de Fomento deberá llevar a cabo las correspondientes modificaciones de la normativa para adaptarla a lo establecido en el Reglamento antes del 4 de diciembre de 2011, tal y como informa Guitrans.