La Orden ITC/69/2010 establece para las calibraciones externas de los equipos de los centros técnicos la obligatoriedad de trabajar con laboratorios acreditados por ENAC.
En su disposición final primera, en el punto B.10 establece para las calibraciones externas de los equipos de los centros técnicos, la obligatoriedad de trabajar con laboratorios de calibración acreditados por ENAC o de cualquier organismo de acreditación con el que haya firmado un acuerdo de reconocimiento o con laboratorios nacionales firmantes del acuerdo de reconocimiento mutuo del Comité Internacional de Pesas y Medidas (CIPM).
Los equipos de estos centros técnicos sometidos a calibración son: el banco de rodillos, los manómetros, el cronómetro y el equipo de calibración de tacógrafos.
ENAC
La Entidad Nacional de Acreditación, ENAC, es el organismo encargado de acreditar, conforme a procesos y requisitos aceptados internacionalmente, la competencia técnica de organizaciones que ofrecen servicios de Evaluación de la Conformidad, abarcando a los Laboratorios de Ensayo y Calibración, Entidades de Inspección, Entidades de Certificación y Verificadores Ambientales (Ley 21/1992 de Industria y Real Decreto 2200/1995).
Es miembro de la European Cooperation for Accreditation-EA, organización designada por la UE para coordinar la Infraestructura Europea de Acreditación, y es firmante de los Acuerdos Multilaterales de Reconocimiento en materia de acreditación, suscritos por las entidades de acreditación de 50 países.