Dicho artículo establece la obligatoriedad de instalación y uso del aparato de control en el transporte de mercancías y pasajeros por carretera. La decisión se aplica desde el 1 de julio al 15 de septiembre de 2012 para 150 autobuses no equipados con tacógrafos y que se utilicen en los Juegos Olímpicos y Juegos Paralímpicos que tendrán lugar este verano en Londres, ha señalado Fenebus en su Newsletter.
Sin embargo, los conductores de dichos autobuses seguirán viéndose sometidos a las disposiciones del Reglamento 561/2006 relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera y deberán registrar manualmente los períodos de conducción y de otro tipo en una hoja de registro.
Tacógrafo digital
Por otra parte, según Fenebus, "la Comisión Europea no está contenta con algunos de los cambios que Consejo y Parlamento Europeo quisieran hacerle a la propuesta de modificación de la normativa relativa al tacógrafo digital". La Comisión considera que dichos cambios no ofrecerían las garantías suficientes para prevenir el fraude y la manipulación del tacógrafo.
La Comisión adoptó la citada propuesta en julio de 2011 y desde entonces, el Consejo y el Parlamento Europeo están tramitando su aprobación. Mientras que el Consejo ha llegado a un acuerdo sobre el enfoque político de la propuesta, el Parlamento Europeo aprobará su posición acerca de la propuesta en el pleno que tendrá lugar esta semana en Estrasburgo.