Dicho real Decreto “permitirá continuar con el impulso ya realizado en 2012 al vehículo eléctrico mediante la concesión de subvenciones directas por parte del Ministerio de Industria, Energía y Turismo”, destaca la Federación Nacional Empresarial de Transporte en Autobús (Fenebús). “En un contexto de restricciones presupuestarias, la línea mantiene la misma dotación de 2012, diez millones de euros”, recuerda Fenebús.
El Gobierno quiere, así, apoyar el desarrollo de la movilidad sostenible y su tecnología asociada, “que representa una oportunidad, tanto desde un punto de vista industrial, como de eficiencia energética y sostenibilidad ambiental”, según la Federación. Como novedad frente a las ayudas a la adquisición de vehículos eléctricos concedidas el año pasado, el Real Decreto aprobado incluye una simplificación de la tramitación, al eliminar las figuras de entidad colaboradora y agente de ventas, indica Fenebús.
Cómo percibir la ayuda
El interesado en percibir la ayuda podrá enviar la solicitud con firma electrónica, tramitándola directamente con el Ministerio de Industria, Energía y Turismo mediante la aplicación GESAVE. Las ayudas se conceden para la adquisición, operaciones de financiación por leasing financiero y arrendamiento por renting o leasing operativo de vehículos eléctricos nuevos matriculados por primera vez en España. Podrán beneficiarse de las ayudas las personas físicas, autónomos y empresas privadas.
Son subvencionables los cuadriciclos, turismos, furgones, furgonetas y autocares eléctricos nuevos, entendiendo como tales aquellos cuya energía de propulsión procede, total o parcialmente, de la electricidad de sus baterías, cargadas a través de la red eléctrica. El plazo de solicitudes será hasta el 30 de octubre para vehículos, ya matriculados o hasta el 30 de agosto para aquellos vehículos pendientes de matricular en el momento de la solicitud. Se aceptarán vehículos matriculados a partir del 1 de enero de 2013.