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La DGT insta a las jefaturas provinciales de tráfico que vigilen la seguridad de las paradas de transporte escolar

viernes 06 de septiembre de 2013, 01:00h

El Real Decreto 443/2001 del 27 de abril, sobre las condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores, establece como requisito para la autorización de las distintas rutas de transporte escolar y de menores, un informe vinculante emitido por las Jefaturas Provinciales de Tráfico correspondientes, según informa el Comisariado Europeo del Automóvil.

CEA refleja que, con fecha 15 de julio de 2013, la DGT emitió una instrucción con indicaciones básicas para que se elaboren estos informes, a fin de que se consiga una homogeneización de los mismos. El objetivo, previo estudio y análisis de la localización de la parada escolar, será la redacción del informe técnico que permita y asegure una realización del transporte escolar en adecuadas condiciones de seguridad vial para los dos colectivos implicados vehículo-autocar y peatones-escolares bajo las directrices marcadas por la normativa vigente.

La información básica a recopilar y organizar en el informe técnico deberá constar de los siguientes puntos: localización de la parada de transporte escolar y características de la sección y accesos donde se localiza la parada. Para la elaboración del estudio, la DGT considera imprescindible la visita previa a la parada y realización de reportaje fotográfico a incluir en el mismo.