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Astic denuncia ante la Comisión Europea la nueva tasa del Reino Unido a los transportistas extranjeros

La asociación española ha pedido a las autoridades españolas que comprueben el grado de discriminación de la tasa

viernes 17 de enero de 2014, 01:00h

Ante la nueva tasa de Reino Unido a los transportistas extranjeros sobre la explotación de infraestructuras, Astic ha denunciado la iniciativa ante la Comisión Europea, alegando el claro carácter discriminatorio de la tasa. Los transportistas británicos estarían exentos de pagarla. Su cantidad se establece en función del tiempo de empleo

La nueva tasa al transporte por carretera se aplicará a los vehículos no-británicos.
La nueva tasa al transporte por carretera se aplicará a los vehículos no-británicos.

La Asociación del Transporte Internacional por Carretera (ASTIC) ha anunciado que denunciará ante la Comisión Europea la adopción por parte de Reino Unido de una nueva tasa a la explotación de infraestructuras en ese país, tasa que solo deberán pagar los transportistas extranjeros, aunque procedan de la Unión Europea.

El Gobierno de Reuno Unido pondrá en funcionamiento la nueva tasa a partir del próximo uno de abril de 2014, fecha límite que ha provocado que ASTIC haya solicitado a autoridades españolas competentes en esta materia una comprobación del grado de legalidad y discriminación de la nueva tasa.

Ventajas competitivas

Según Astic esta tasa por uso de infraestructuras (en la modalidad de pago por tiempo) es discriminatoria, en esencia, porque excluye a los transportistas británicos hasta el punto que los transportistas ingleses verán como dicha tasa queda absorbida en otro impuesto nacional al transporte, el VED (Vehicle Excise Duty, o impuesto sobre el uso de vehículos), que se reducirá en la misma cantidad una vez entre en vigor.

Desde la asociación son asumen que la nueva tasa de Reino Unido está reconocida en la Directiva Europea 1999/62, que reconoce el derecho de los Estados miembro a establecer ciertas compensaciones a estas tasas. Pero, recuerda ASTIC, deben aplicarse sin que vayan en contra de la competencia (refiriéndose a los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la UE).

Así se ha pronunciado sobre el asunto el Director General de Astic, Ramón Valdivia:  “Nos oponemos a esta modalidad de pago como a cualquier otra que la creatividad recaudatoria trate de implantar. Creemos que desde el Reino Unido se está atentando contra la libre competencia de las empresas de transporte en la Unión Europea, uno de los principios básicos que mueven la economía de la zona común. Solicitaremos de nuestras autoridades que estudien las posibilidades de  defender los interés del sector del transporte por carretera en España dentro de la Unión”.

Constituida en 1960, la Asociación del Transporte Internacional por Carretera (ASTIC) es la primera asociación del transporte de mercancías y pasajeros por carretera fundada en España.