Fenadismer informa que el Bundestag (Parlamento alemán) había aprobado una ley el pasado 1 de enero en la que se establecía el salario mínimo interprofesional en 8,50 euros/hora, aplicado a todos lo sectores de actividad entre los que se incluían los servicios de transporte por carretera prestados por empresas extranjeras que discurrieran por el territorio alemán. La suspensión de la aplicación se produce después de que las asociaciones del Comité Nacional de Transporte por Carretera solicitaran a Ana Pastor, ministra de Fomento, su intervención ante la UE en defensa del Mercado interior.
La norma obligaba a las empresas a documentar en alemán toda la planificación de la actividad laboral de sus conductores y notificarla a las autoridades competentes antes de realizar cualquier servicio de transporte, debiendo conservar dicha documentación a disposición de los servicios aduaneros durante al menos dos años para su inspección y verificación.
Razones del cambio de idea
La marcha atrás alemana respecto a su postura inicial se ha producido como consecuencia de las numerosas quejas formuladas, que fueron las que ocasionaron la apertura de las actuaciones por parte de la Comisión Europea. Por tanto, la ley alemana del salario mínimo no será aplicable a los transportes en tránsito hasta que no se produzca una valoración y clarificación por parte de las autoridades comunitarias.