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La Comisión Europea inicia un procedimiento de infracción contra Alemania por el salario mínimo

Fenadismer recuerda, no obstante, que Europa no se opone a este tipo de ‘protección social’ para el trabajador

viernes 22 de mayo de 2015, 02:00h

La Comisión Europea abrió el pasado mes de enero un procedimiento contra el Gobierno alemán para estudiar el impacto y ámbito de aplicación de la exigencia para las empresas transportistas que transitan por sus carreteras de acreditar que cumplen con la normativa sobre salario mínimo de sus conductores.

La Comisión Europea inicia un procedimiento de infracción contra Alemania por el salario mínimo

Fenadismer informe que, como consecuencia del estudio y análisis de la compatibilidad de dicha medida con la normativa europea, la Comisión Europea ha acordado iniciar un procedimiento de infracción contra Alemania, al considerar que la aplicación de la normativa sobre el salario mínimo a todas las empresas transportistas extranjeras, incluso las que realicen transporte internacional o simplemente estén en tránsito por dicho país, "supone una restricción a la libre prestación de servicios y a la libre circulación de mercancías de una manera desproporcionada", añadiendo que la medida establecida, exigiendo determinados trámites burocráticos exclusivamente en idioma alemán, no conlleva sino "barreras administrativas desproporcionadas que impiden el funcionamiento adecuado del mercado interno europeo".

Sin embargo, la Comisión Europea considera adecuado establecer medidas que sean proporcionales "para salvaguardar la protección social de los trabajadores y asegurar una competencia leal" entre las empresas transportistas.

Una vez iniciado el procedimiento de infracción contra Alemania, el Gobierno germano dispone de un plazo máximo de dos meses para contestar contra dicho procedimiento. 

Reacciones 

La CETM, Astic e IRU se han pronunciado a favor de la decisión comunitaria, puesto que, a su entender, la iniciativa germana atentaba contra la competitividad de las empresas extranjeras, con un grave perjuicio en este caso para las españolas.

En cualquier caso, el hecho de que la Comisión no se oponga a prácticas similares, deja abierta la puerta para que Alemania, o cualquier otro país, adecúe esta propuesta a los requisitos comunitarios y pueda ponerla en práctica sin que por ella sea sancionada por los estamentos europeos.