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Tren de mercancías de Renfe transportando coches.
Tren de mercancías de Renfe transportando coches.

La CNMC sanciona a Renfe y a Deutsche Bahn por presuntos actos prohibidos

Renfe Mercancías había aprovisionado una cantidad, pero la cuantía ha excedido las previsiones

martes 07 de marzo de 2017, 07:00h
La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha sancionado con un total de 75,6 millones de euros a varias empresas que operan en el sector del transporte ferroviario de mercancías por la existencia de dos conductas prohibidas:

La CNMC ha acreditado un abuso de la posición del Grupo Renfe

Una infracción única y continuada de los artículos 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), consistente en acuerdos y prácticas concertadas, restrictivos de la competencia por su efecto, por parte de dos empresas del Grupo Renfe (Renfe Operadora y Renfe Mercancías) y varias empresas del Grupo Deustche Bahn (Transfesa, Transfesa Rail, PIF, Hispanauto, Semat, DHIB, DB ML y DB SR Deutschland).

Una infracción única y continuada de los artículos 2 de la LDC y 102 del TFUE, consistente en una discriminación comercial abusiva, al menos, a las empresas ferroviarias miembros de la Asociación de Empresas Ferroviarias Privadas (AEFP), por parte de Renfe Operadora y Renfe Mercancías, en su oferta de servicios de tracción ferroviaria para el transporte de mercancías por ferrocarril en España.

Renfe Mercancías va a recurrir la sentencia, según apuntan fuentes de la propia empresa, al considerar desproporcionada su cuantía en relación con la facturación. Esta asciende a 215 millones de euros. Los últimos años, Renfe Mercancías ha dado pérdidas, y esa es la razón de la estrategia a tres años que había diseñado la empresa para paliar esta tendencia, con desinversiones y un plan de reducción de plantilla, ya pactado con los sindicatos antes de conocerse la sentencia.

Para hacer frente a los 65 millones de la multa, Renfe Mercancías había aprovisionado una cantidad en los presupuestos anuales anteriores, pero la cuantía ha excedido estas previsiones, por lo que se incluirán en el balance del año 2016, en el que ahora se trabaja y que debe estar cerrado, tras la correspondiente auditoría, antes del mes de junio. En cualquier caso, en Renfe Mercancías se tiene “plena confianza” en la Audiencia Nacional, instancia que deberá tomar la decisión definitiva.

En el caso de segunda conducta sancionada, la CNMC ha acreditado un abuso de la posición del Grupo Renfe (Renfe y Renfe Mercancías), de forma que discriminó comercialmente a otras compañías ferroviarias; particularmente a los miembros de la Asociación de Empresas Ferroviarias Privadas (AEFP). Las condiciones ofrecidas a estos operadores fueron distintas de las acordadas con las empresas del Grupo Deustche Bahn (Transfesa, PIF, Hispanauto y DB SR Deutschland).

Así, Renfe llevó a cabo un tratamiento preferencial a DB SR Deutschland, Transfesa, PIF e Hispanauto a la hora de prestarles servicios de tracción ferroviaria. Además, Renfe no aplicó penalizaciones al Grupo Transfesa, en el caso de que le anulase servicios de tracción ferroviaria contratados para el transporte de mercancías. Esta condición sí la aplicaba en las condiciones ofrecidas a otras compañías ferroviarias.

Cuantía económica de la sanción

Una vez instruido el presente expediente, la CNMC ha acreditado una infracción única y continuada de los artículos 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y ha impuesto las siguientes sanciones: Una multa de 49.962.000 euros, de la que responden solidariamente Renfe Operadora y Renfe Mercancías; y una multa de 10.513.000 euros, de la que responden solidariamente varias empresas del Grupo Deustche Bahn:

Por otra parte, la CNMC ha acreditado una infracción única y continuada del artículo 2 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea e impone la siguiente sanción: Renfe Operadora y Renfe Mercancías, una multa de 15.129.000 euros de la que ambas responderán solidariamente. La CNMC recuerda que contra esta Resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.