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NUEVAS RESTRICCIONES A CAMIONES

Almería decreta la prohibición de circulación de los camiones por la A-7 todos los días laborales

miércoles 19 de febrero de 2020, 07:00h
Si no era suficiente con el "desmadre" pro restricciones de la DGT, Cataluña, País Vasco y Navarra, ahora las Jefaturas Provinciales de Tráfico también se apuntan a la “cruzada” contra los camiones.
Almería decreta la prohibición de circulación de los camiones por la A-7 todos los días laborales
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Así la Jefatura Provincial de Tráfico de Almería ha decretado la prohibición a partir de este lunes 17 de Febrero de que los vehículos pesados circulen por la A-7 (Autovía del Mediterráneo) en sentido Francia todos los días de lunes a viernes de 7.30 a 8.30 horas. La medida, publicada en una simple nota de prensa de la Subdelegación del Gobierno en dicha provincia, persigue aumentar la fluidez y seguridad del tráfico” del resto de vehículos que transitan por dicha autovía según se señala en dicha nota, ignorando en consecuencia el carácter esencial de la actividad desarrollada por el sector del transporte por carretera para el resto de actividades económicas, que en el caso de la A-7 perjudica gravemente a las exportaciones de los productos agroalimentarios andaluces con destino a los mercados europeos.

Los camiones serán obligados a estacionar en la zona de la Mojonera

Según se señala en la citada Nota de prensa, durante el período diario de restricción, los camiones serán obligados a estacionar en la zona de la Mojonera, situada junto a la salida 420 de la A-7, por la que según datos del Ministerio de Fomento circulan más de 3.330 camiones diariamente por el tramo restringido.

Dudosa legalidad

Asimismo cuestiona la legalidad de la restricción acordada por no ajustarse al procedimiento de aprobación y publicidad que establece el vigente Reglamento General de Circulación para el establecimiento de este tipo de restricciones, que exige su previa publicación en el BOE con ocho días de antelación a su entrada en vigor para que pueda ser suficientemente conocida por el sector afectado, y por contravenir asimismo la Resolución anual de estricciones que ha a probado recientemente la DGT al limitar los supuestos en que se pueden establecer restricciones permanentes y por no especificar la categoría de vehículos pesados afectados ni los exceptuados de la misma.

Por ello, FENADISMER, sin perjuicio de llevar a cabo todas las acciones administrativas y legales en contra de dicha medida restrictiva por considerarla desproporcionada e ilegal, pone asimismo sus Servicios Jurídicos a disposición de todos los transportistas que pudieran ser sancionados por el no cumplimiento de la citada restricción,