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MENOS DE CUATRO MESES DE PERIODO TRANSITORIO

Crece la preocupación en el Sector del Transporte ante un Brexit sin acuerdo

El número de camiones españoles para operar en el mercado británico podría limitarse al 90%

viernes 04 de septiembre de 2020, 07:00h
Crece la preocupación en el Sector del Transporte ante un Brexit sin acuerdo
La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) se ha vuelto a mostrar enormemente preocupada ante la falta de acuerdo sobre la futura relación entre el Reino Unido y la Unión Europea a menos de cuatro meses de que se produzca el Brexit, y que traería consecuencias "muy negativas" para el Sector del Transporte de Mercancías español.

La falta de acuerdo, según Fenadismer, "tendría consecuencias muy negativas para los actuales intercambios comerciales entre España y Gran Bretaña, que representa el quinto país de destino de las mercancías españolas en la Unión Europea, lo que afectaría muy gravemente a la actual flota de transporte española que opera entre ambos países".

La patronal española cuantifica que dicho intercambio comercial es realizado por una flota aproximada de 8.000 camiones españoles de transporte pesado, que se dedican principalmente a las exportaciones españolas de productos agroalimentarios, automoción, productos farmacéuticos y mercancía general, y alerta que, "de no alcanzarse un acuerdo entre la Unión Europea y el Reino Unido podría limitar a partir del 1 de enero de 2021 hasta en un 90% el número de camiones españoles autorizados para operar".

En este sentido, la Comisión Europea ha elaborado una guía divulgativa, disponible en los diferentes idiomas de la Unión, bajo el título 'Brexit, cómo prepararse para el final del período transitorio', dirigida a todas las empresas que comercian con el Reino Unido, transportan bienes a través de este o utilizan bienes del Reino Unido para exportar al amparo de regímenes preferenciales de la Unión Europea.

Aspecto fiscales y aduaneros

El documento hace especial hincapié en su repercusión en los ámbitos fiscales y aduaneros, señalando los nuevos cambios que se van a producir, aún en el caso de que la Unión Europea y el Reino Unido celebran un acuerdo de libre comercio ambicioso , entre los que cabe cita las siguientes:

La liquidación del IVA, por regla general, deberá hacerse en el país de la Unión Europea en el que se importe las mercancías desde el Reino Unido

-Deberá presentarse declaraciones en aduana cuando importe bienes desde el Reino Unido o los exporte a este, o bien transporte sus bienes a través del Reino Unido. Además de la declaración en aduana, es posible que tenga que proporcionar datos de protección y seguridad.

-Se necesitará una licencia especial para importar o exportar determinados bienes (por ejemplo, residuos, determinados productos químicos peligrosos u OMG).

-Deberán realizarse trámites adicionales para importar o exportar bienes sujetos a impuestos especiales (alcohol, tabaco o combustible) desde el Reino Unido o hacia este.

-La liquidación del IVA, por regla general, deberá hacerse en el país de la Unión Europea en el que se importe las mercancías desde el Reino Unido, estando exento del pago del IVA en la Unión Europea respecto de cualesquiera bienes que exporte al Reino Unido, aunque deberá cumplir las normas en materia de IVA aplicables a las importaciones en el Reino Unido.

Podría haber cambios más importantes

En todo caso, la guía advierte que los cambios podrían ser aún más importantes "en caso de que no se alcance un acuerdo entre la Unión Europea y el Reino Unido al final del período transitorio", ya que en tal escenario, además de los trámites anteriores, habría que asumir otras obligaciones, como la del pago de derechos de aduana sobre los bienes que introduzca en la Unión Europea desde el Reino Unido o el establecimiento de cuotas para determinados bienes que entran en la Unión Europea procedentes del Reino Unido, entre otros.