Fenadismer ya había alertado hace unos días que, en caso de que se establecieran confinamientos sanitarios en determinadas áreas geográficas, se estableciera, en todo caso y de forma expresa, la exención total del transporte por carretera a cualquier restricción como actividad esencial vertebradora de la distribución y aprovisionamiento de las mercancías. Sin embargo, los primeros casos de confinamientos locales decretados hasta la fecha, como han sido los de Santoña (Cantabria) y Benigánim (Valencia), han ido incomprensiblemente en la dirección contraria, según destaca la patronal.
Los transportistas deben justificar ante los agentes de control el carácter esencial de la mercancía transportada
En ambos municipios, las órdenes aprobadas por las respectivas Consejerías de Sanidad de Cantabria y Comunidad Valenciana, siguiendo el mismo patrón e idéntica redacción, restringen todos los desplazamientos de entrada y salida a dichos municipios, estableciendo una serie de excepciones, entre las que no se incluye expresamente al transporte de mercancías. Ello en la práctica, según Fenadismer, está impidiendo desarrollar con normalidad la labor de los transportistas que transportan mercancías a dichos municipios, ya que para poder acceder deben justificar ante los agentes de control el carácter esencial de la mercancía transportada.
Declaración expresa de carácter esencial
La patronal recuerda que cualquier limitación en la libre circulación de los vehículos de transporte dificulta gravemente el suministro de mercancías necesarias para el abastecimiento tanto de la población y de las restantes actividades económicas, como así ha quedado demostrado de forma evidente en los últimos meses, por lo que una vez más hace un llamamiento a todas las Administraciones públicas territoriales para que
contemplen expresamente el carácter esencial del sector del Transporte de Mercancías, de modo análogo a como se exceptuó en su día por el Gobierno central durante la declaración del estado de alarma.