El pasado viernes 16 de octubre, la Generalitat de Cataluña publicaba nuevas medidas para luchar contra el coronavirus en la región, entre otras, el cierre total de los establecimientos de hostelería y restauración en toda Cataluña, lo que afecta a más 44.000 bares y restaurantes que actualmente prestan servicio en dicha región.
Una situación similar sufrió el colectivo del transporte durante el estado de alarma en todo el país
Al respecto, la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) considera desproporcionada tal medida, ya que "se ha decretado de forma indiscriminada a todo tipo de establecimiento, no solo a los situados en zonas de ocio o urbanas, sino que la restricción afecta también a los bares y restaurantes situados en las principales carreteras y polígonos logísticos e industriales, que tradicionalmente prestan servicio a las decenas de miles de transportistas que diariamente transitan por territorio catalán con destino al resto de Europa, lo que supone casi 400 kilómetros de recorrido sin que puedan comer o cenar en ningún establecimiento, con el riesgo además de que esta medida restrictiva pueda ser replicada por otras Comunidades autónomas".
Autorización de apertura
La patronal española recuerda que
una situación similar sufrió el colectivo del transporte durante el estado de alarma en todo el país. El cierre total de bares y restaurantes en carreteras o polígonos industriales afectaba a la actividad del transporte por carretera, lo que obligó al Ministerio de Transportes a
decretar una Orden de autorización de apertura de una relación amplia de establecimientos de hostelería y restauración que pudieran prestar servicio a los transportistas en ruta, así como a otros profesionales de actividades esenciales.
Por esta razón, Fenadismer, junto a las restantes asociaciones que integran el Comité Nacional de Transporte por Carretera,
han solicitado formalmente al Ministerio de Transportes que establezca un protocolo de actuación coordinado con las Comunidades autónomas para que ante cualquier medida restrictiva de las actividades de restauración en sus ámbitos territoriales
contemple una dispensa de apertura para que los establecimientos situados en carreteras y áreas industriales y logísticas puedan atender las necesidades de los transportistas y de otros colectivos esenciales afectados.