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Cambiarán la edad para los permisos de conducción profesionales

Se cumplirá una reivindicación histórica de todo el sector del transporte por carretera

viernes 30 de octubre de 2020, 07:00h
Cambiarán la edad para los permisos de conducción profesionales
La Dirección General de Tráfico (DGT) aprobará en las próximas semanas la reforma de las edades para la obtención de los permisos de conducción profesionales, según ha anunciado María José Aparicio, subdirectora general de Formación y Educación Vial de la DGT, durante el seminario online 'Transporte y Logística Formación Digital', organizado por la Fundación Corell.
Con esta medida, se da respuesta a una reclamación ampliamente realizada por el sector del transporte profesional por carretera, ante la falta de conductores que afecta gravemente a la industria desde hace tiempo.

La reforma supone importantes cambios:

- Permiso C: La edad mínima será de 18 años cumplidos, para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP), obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria.

- Permiso C+D: La edad mínima será de 18 años cumplidos, para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP), obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria.

- Permiso D1: La edad mínima será 18 años cumplidos para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP) que lo hayan obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria, si bien solo podrán conducir estos vehículos dentro del territorio nacional hasta que el titular del permiso tenga 21 años cumplidos.

- Permiso D1+E: La edad mínima será 18 años cumplidos para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP) que lo hayan obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria, si bien solo podrán conducir estos vehículos dentro del territorio nacional hasta que el titular del permiso tenga 21 años cumplidos.

- Permiso D y D+E: La edad mínima será de 21 años cumplidos para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP) que lo hayan obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria. También, la edad mínima será de 21 años cumplidos si lo han obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial acelerada y se trata de transporte de viajeros en servicios regulares cuyo trayecto no supere los 50 kilómetros. Por otro lado, la edad mínima será de 23 años cumplidos si lo han obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial acelerada.

Dentro del territorio nacional y hasta que el titular del permiso tenga 21 años cumplidos, se podrá conducir a las siguientes edades:

- 18 años cumplidos en caso de que se conduzcan estos vehículos sin pasajeros o si se trata de transporte de viajeros en servicios regulares cuyo trayecto no supere los 50 km, para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP) que lo hayan obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria.

- 20 años cumplidos para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP) que lo hayan obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria.