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Fit for 55: cinco textos legislativos claves para cumplir los ODS 2030

Fit for 55: cinco textos legislativos claves para cumplir los ODS 2030

Las leyes aprobadas serán firmadas por el Consejo y el Parlamento Europeo y publicadas en el Diario Oficial de la UE antes de entrar en vigor

jueves 04 de mayo de 2023, 07:00h

La pasada semana, la Comisión Europea y el Consejo Europeo adoptaron una serie de textos legislativos en el ámbito de la política climática para alcanzar el objetivo de neutralidad climática de aquí a 2050. Estos textos legislativos, que forman parte del paquete `Fit for 55´, tienen como objetivo reducir las emisiones netas de gases de efecto invernadero de la UE en al menos un 55% aquí a 2030 y alcanzar la neutralidad climática de aquí a 2050.

Gracias a esta nueva legislación sobre el clima, la Unión Europea quiere seguir reduciendo sus emisiones y apoyar a las empresas y a los ciudadanos en la transición. El nuevo Fondo Social para el Clima proporcionará apoyo financiero específico a los Estados miembros para que ayuden a los ciudadanos vulnerables y a las microempresas a invertir en medidas de eficiencia energética a fin de garantizar que nadie se quede atrás en esta transición. Por otro lado, a partir de ahora, los Estados miembros tendrán que destinar la totalidad de sus ingresos procedentes del comercio de derechos de emisión a proyectos relacionados con el clima y la energía y para abordar los aspectos sociales de la transición, complementando el gasto relacionado con el clima previsto en el presupuesto de la UE.

2027 aún sigue siendo demasiado pronto

Nuevo régimen de comercio de derechos de emisión para el transporte por carretera: 2027 aún es demasiado pronto Además, se ha creado un nuevo régimen de comercio de derechos de emisión independiente (ETS II) para los edificios, el transporte por carretera y otros sectores (principalmente la pequeña industria) con el fin de garantizar la rentabilidad de las reducciones de las emisiones en estos sectores, que hasta ahora han resultado difíciles de descarbonizar.

El nuevo régimen se aplicará a los distribuidores que suministran combustibles a los sectores de los edificios, el transporte por carretera y otros sectores a partir de 2027. En lo que respecta al transporte por carretera, la IRU, Unión Internacional del Transporte por Carretera el compromiso de lanzar ETS II en 2027, en comparación con 2024, como se apoyó inicialmente en el Parlamento Europeo, o incluso 2025 y 2026, como propuso por primera vez la Comisión Europea, es significativamente más realista, dado el ritmo esperado de infraestructura y desarrollo tecnológico. En este sentido, la directora de defensa de la UE de IRU, Raluca Marian, ha señalado: "Como hemos argumentado a lo largo del proceso legislativo, aunque 2027 aún sigue siendo demasiado pronto, estamos contentos de que la UE haya escuchado nuestras preocupaciones y haya demostrado algo de pragmatismo, incluso al no conformarse con una fecha aún más temprana".

"Hemos recorrido un largo camino, especialmente considerando las propuestas anteriores que tenían fechas de inicio poco realistas o distinciones poco prácticas entre vehículos privados y comerciales", ha agregado. El llamamiento del sector del transporte por carretera para cobrar las emisiones de carbono de la forma más eficiente posible se refleja en el texto adoptado formalmente por el Consejo. ETS II generalmente reemplazará los esquemas nacionales existentes, a menos que los esquemas nacionales establezcan precios más altos para los derechos de emisión. Es poco probable que las condiciones necesarias, como una infraestructura de carga y reabastecimiento de combustible en toda la UE, para una transición sustancial a vehículos pesados de cero emisiones se den en unos pocos años", ha destacado también Raluca Marian. "Pero esta propuesta es mejor que penalizar aún más a los operadores de transporte lanzando ETS II antes, como se propuso durante el proceso legislativo", ha concluido. También se han alcanzado acuerdos provisionales entre los colegisladores sobre la revisión de la Directiva relativa a la eficiencia energética y la Directiva sobre fuentes de energía renovables, la infraestructura para los combustibles alternativos y la propuesta «FuelEU Maritime» sobre combustibles sostenibles para el transporte marítimo.