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Fenadismer advierte a los transportistas que transiten por Francia de una campaña de control de exceso de velocidad

La sanción económica puede incrementarse hasta un 400% en caso de retraso en el pago de la multa

martes 14 de abril de 2015, 02:00h
Francia lleva a cabo una campaña de control de exceso de velocidad en sus carreteras.
Francia lleva a cabo una campaña de control de exceso de velocidad en sus carreteras.

Fenadismer advierte públicamente a los más de 20.000 transportistas españoles que diariamente circulan por las carreteras galas que la gendarmería francesa está realizando una campaña intensiva de control del cumplimiento de los límites de velocidad en las carreteras francesas.

Este control se está llevando a cabo, en las última semanas, tanto en vías interurbanas como en travesías, utilizando para ello como apoyo a la red de radares automáticos a los dispositivos instalados sobre los semáforos, informa la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer). Como consecuencia de dicho plan de inspección, las empresas transportistas españolas están recibiendo un volumen importante de notificaciones de denuncia por exceso de velocidad, estableciendo un importe de sanción económica diferente en función del plazo en que sea abonada, la cual puede incrementarse más de un 400% si transcurren más de dos meses y medio desde la notificación.

Sanción

El margen de error que permiten las autoridades francesas respecto de los límites de velocidad establecidos es del 5% en el caso de radares fijos y del 10% en el caso de radares móviles, sancionando cualquier incumplimiento que supere dicho margen proporcionalmente al exceso cometido. Así, por ejemplo, para un exceso de velocidad inferior a 20 km/h, la multa a imponer es de 90 euros si se abona dentro del primer mes y medio, incrementándose a 135 euros si se paga antes de dos meses y medio, y alcanzando los 375 euros si supera dicho plazo de pago.

La regulación penal francesa establece, en todo caso, la posibilidad de impugnar la multa impuesta tanto en el supuesto de que el vehículo no esté bajo la disposición de su titular (por ejemplo, en caso de venta, robo o destrucción del mismo) o por cualquier otra causa, debiendo en este último caso abonar un depósito en garantía cuyo importe será el establecido para la multa sin descuento.