En abril del pasado año, se conocieron las dos sentencias enfrentadas sobre el asunto. Por un lado, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 3 daba la razón al Ayuntamiento y anulaba las paradas de autobús de recorridos interurbanos en el hospital, implantadas de forma unilateral por el Consorcio de Transportes de Asturias (CTA). La sentencia consideraba «necesario» y «determinante» que el Ayuntamiento hubiese informado antes sobre las paradas, como administración competente, en la ordenación del tráfico urbano.
Actuación del TSJA
El fallo se vio en entredicho al dictar una sentencia en sentido contrario el Contencioso-Administrativo número 1 en el proceso que habían planteado sobre la misma cuestión las federaciones del taxi. Los servicios jurídicos del CTA consideraban que esta segunda sentencia entraba más al fondo del asunto y decidieron recurrir el primero de los fallos. La instancia a la que debían acudir era el TSJA, que ahora se ha pronunciado.