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La Justicia deja sin efecto la normativa del Govern Catalán que permitía llegar a las 44 toneladas

viernes 22 de diciembre de 2017, 07:00h
Las empresas transportisas y cargadora llevan años en litigios.
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Las empresas transportisas y cargadora llevan años en litigios.

Las Asociaciones Nacionales de Transportistas han ganado una batalla contra las empresas cargadoras que pretenden la implantación del aumento del tonelaje de los camiones a 44 toneladas, al menos en Cataluña. En esta Comunidad autónoma, el Tribunal Superior de Justicia ha publicado este martes su fallo contrario a la aprobación de la regulación de las 44 toneladas para camiones, “anulando y dejando sin efecto jurídico” la citada regulación, al entender que la Administración autonómica “se excedió en cualquier caso de sus competencias”.

El Gobierno catalán ya había dejado sin efecto la medida regulatoria en 2014

El TSJ ha condenando en costas además a la Administración local a las partes demandadas, esto es, la Generalitat de Cataluña y las asociaciones de empresas cargadoras Aecoc y Transprime, las cuales se habían personado en el procedimiento judicial en defensa de la implantación de las 44 toneladas.

Respaldo al sector

La sentencia del TSJ de Cataluña no tiene efectos prácticos, por la decisión del Gobierno catalán de dejar sin efecto la medida regulatoria desde Octubre de 2014, sin embargo, Fenadismer recalca que supone un importante respaldo a las asociaciones de transportistas en la negociación que han venido manteniendo estos dos últimos años con las asociaciones de empresas cargadoras, que quedaron rotas a principios de este mes de diciembre por la exigencia de éstas últimas de introducir el aumento del tonelaje como condición para alcanzar un acuerdo sobre el establecimiento de medidas tendentes a la mejora de la actividad en el sector del transporte y la logística en España.

La Asociación recuerda que el recurso contra la medida regulatoria que permitía la circulación de camiones con 44 toneladas en Cataluña fue aprobado a finales de 2012 por el Servicio Catalán de Tráfico, dependiente de la Generalitat de Cataluña, lo que motivó su inmediata impugnación por las organizaciones de transportistas que componen el Comité Nacional de Transporte por carretera, al considerar que la Generalitat de Cataluña no ostentaba competencias y que asimismo vulneraba la normativa europea sobre pesos y dimensiones.