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Nuevas obligaciones para los transportistas de animales vivos

Nuevas obligaciones para los transportistas de animales vivos

La nueva Ley de Binestar Animal, publicada el pasado 29 de marzo, tiene como objetivo la protección de la dignidad de los animales por parte de la sociedad

lunes 03 de abril de 2023, 07:00h

Nuevas obligaciones para las empresas transportistas

Desde Fenadismer informan que "en el Boletin Oficial del Estado de este miércoles 29 de Marzo se ha publicado la nueva Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, una normativa pionera en la Unión Europea, cuyo objetivo no es tanto el garantizar el bienestar de los animales evaluando las condiciones que les ofrecen sus dueños o tenedores, sino el regular el reconocimiento y la protección de la dignidad de los animales por parte de la sociedad. Para ello, la ley regula a los animales no como un elemento más dentro de nuestra actividad económica, sino que regula como debe ser nuestro comportamiento hacia ellos como seres vivos dentro de nuestro entorno de convivencia".

Normas estrictas

La ley también establece normas estrictas en cuanto a las condiciones bajo las cuales los animales deben ser transportados, asegurando que se cumplan las condiciones necesarias para satisfacer las necesidades fisiológicas y de comportamiento del animal. Además, la ley exige que los vehículos o contenedores que se utilicen para el transporte de animales, aunque sean vehículos privados, cuenten con un sistema de aire acondicionado y ventilación para mantener a los animales cómodos.

Fenadismer por su parte también enfatiza la necesidad de un plan de contingencia, que establezca qué hacer en caso de accidentes o imprevistos que puedan dañar la salud o la integridad de los animales, aunque este requisito no entrará en vigor hasta el 29 de septiembre.
Por otra parte, la ley prohíbe el envío no profesional de animales de compañía por correo, mensajería o medios similares, reconociendo tal actividad exclusivamente a las empresas dedicadas al transporte profesional de animales, que deberán garantizar su cuidado durante el viaje y que deberán ser se realicen en habitaciones especialmente habilitadas para ellos, salvo que viajen en el mismo espacio que su responsable, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa de seguridad vial.
Por último, pero no menos importante, la nueva Ley también modifica la Ley de Regulación del Transporte Terrestre existente para incluir expresamente el derecho del viajero a poder transportar a sus mascotas en el transporte público, sujeto a los términos establecidos por las empresas prestadoras.