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Se trunca la buena racha de los plazos medios de pago al transportista

Después de muchos meses favorables, el dato del mes de mayo que arroja el Observatorio permanente de la morosidad y los pagos en el Sector del transporte por carretera en España presenta malas noticias

viernes 16 de junio de 2023, 07:00h
Se trunca la buena racha de los plazos medios de pago al transportista
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El informe, elaborado por la Fundación Quijote, de la que forma parte Fenadismer, fija en 70 días el plazo medio de pago a los transportistas, algo peor que en abril (cuando eran 67), aunque mejorando en lo que llevamos de año: en enero, el dato era de 75 días.

Este descenso se debe, a juicio de Fenadismer, a la incidencia del “régimen sancionador de lucha contra la morosidad en el Sector del transporte por carretera, aprobado a finales de 2021”, al que se suma “la actividad llevada a cabo por los Servicios de Inspección de Transporte en este ámbito”, reconociendo también que estos altibajos son “esperables en el proceso de adaptación por parte de los cargadores e intermediarios a la nueva regulación”.

49 a 51%

En mayo se registró un “empate técnico” en el porcentaje de empresas cargadoras e intermediarias que cumplen la legislación sobre morosidad y las que incumplen. De éstas últimas un 22% pagaron a más de 120 días (un punto menos que en el mes anterior), un 27% entre 90 y 120 días y un 51% a menos de 90 días.

A punto de conocerse la relación oficial de cargadores e intermediarios sancionados en firme

Por lo que respecta a los medios más utilizados para el pago de los servicios de transporte, la trasferencia (70%) continúa predominando, por delante del confirming (25%), el pagaré (4%) y el cheque (<1%).

Fenadismer quiere destacar que “en los próximos días, el Ministerio de Transportes hará pública en su página web oficial la primera relación de empresas cargadoras e intermediarias que han sido sancionadas hasta la fecha y cuyas multas sean firmes en vía administrativa o, en caso de haberse interpuesto recurso contencioso-administrativo, en vía judicial”.