El citado Reglamento contempla la posibilidad de que los Estados miembros puedan excluir de la aplicación de sus normas a los vehículos que circulen exclusivamente por islas cuya superficie no superen los 2.500 km² y que no estén unidas al resto del territorio nacional por ningún puente, vado o túnel.
La modificación del Real Decreto que propone Fomento consiste en limitar, aun más, la superficie de las islas exceptuadas de las normas sobre los tiempos de conducción y descanso y del uso del tacógrafo en el transporte por carretera, pasando de los 1.500 km² a los 250 km², de forma que quedarían incluidos todos los autocares que circulen en la mayoría de las islas de Canarias, Mallorca, Menorca e Ibiza.
En este sentido, el departamento de Viajeros del Comité Nacional del Transporte por Carretera ha enviado una carta a la Subdirección General de Ordenación y Normativa del Ministerio de Fomento en la que se solicita que la fecha de entrada en vigor de la nueva disposición prevista en el proyecto para el día 1 de enero de 2010, se posponga hasta el 1 de enero de 2012.
Esta petición se fundamenta en la necesidad de disponer de un mayor tiempo para adaptar vehículos, conductores y empresas a la instalación y uso del tacógrafo.