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Asesoramiento jurídico a los transportistas para reclamaciones del ‘céntimo sanitario’ con anterioridad al año 2010

Globale: La reclamación de los años 2002 a 2009 debe llevarse a cabo mediante un Expediente Patrimonial

martes 23 de diciembre de 2014, 01:00h
Asesoramiento jurídico a los transportistas para reclamaciones del ‘céntimo sanitario’ con anterioridad al año 2010

Grupo Globale, colaborador de Guitrans, está ofreciendo un servicio completo de reclamación patrimonial del ‘céntimo sanitario’ que incluye asesoramiento, asistencia en la documentación, elaboración del cuerpo jurídico de la reclamación e intereses del periodo reclamado, y atención y seguimiento de los requerimientos durante todo el proceso en vía administrativa.

Además, se incluye la comparecencia ante el Tribunal Supremo o TSJPV, por vía judicial, en el caso de que la vía administrativa fuera desestimada.

Desde Guitrans recuerdan que el plazo de presentación de la reclamación es de un año desde la fecha de la sentencia, es decir, hasta el 27 de febrero de 2015. Sin embargo, para garantizar que puedan prepararse y presentarse debidamente los expedientes de reclamación, la documentación deberá ser entregada en el despacho de Grupo Globale, como muy tarde, el 31 de enero de 2015.

Contexto

Tras la sentencia promulgada el 27 de febrero de este año por el Tribunal de Justicia de la UE, y a consecuencia de la consideración del Impuesto sobre la venta minorista de determinados Hidrocarburos como contrario a la normativa europea, se abrió la puerta a la reclamación de las cantidades abonadas de manera indebida por la repercusión del impuesto, cuya aplicación había estado vigente en su tramo estatal desde 2002 a 2009, y en diferentes periodos y con desigual incidencia en su tramo autonómico.

Para el impuesto pagado en los años 2010 a 2012 (correspondiente a los ejercicios no prescritos), la Agencia Tributaria habilitó un procedimiento para tramitar la "solicitud de ingresos indebidos". Estos expedientes de solicitud han tenido un tratamiento dispar por varias razones: en primer lugar, la particularidad que supone la reclamación ante diferentes administraciones tributarias forales y estatal, y, en segundo lugar, los diferentes criterios sostenidos durante estos meses por la propia Administración acerca de la interpretación de la sentencia, que culminó con el Acuerdo firmado el pasado día 13 de noviembre de 2014 entre la Secretaria de Estado de Hacienda y el Comité Nacional de Transporte por Carretera, y según el cual la administración se comprometía a la devolución del impuesto íntegro pagado, sin minoraciones, y además disponía de un límite temporal para el pago del 80% de los expedientes con anterioridad al 31 de diciembre de 2014.

Un buen número de empresas se han adherido a esta reclamación y han canalizado sus solicitudes a través de los despachos profesionales, y hoy día están recibiendo ya los abonos correspondientes al impuesto pagado en los ejercicios 2010 a 2012.

Sin embargo, Hacienda sostiene el criterio de que los importes correspondientes a los años anteriores no pueden ser reclamados mediante solicitud de devolución de ingresos indebidos frente a la Agencia Tributaria por hallarse prescritos estos ejercicios.

Según esto, la reclamación del impuesto de los años 2002 a 2009 debe llevarse a cabo mediante un Expediente de Reclamación Patrimonial frente al estado legislador, como consecuencia de la Sentencia de fecha 27 de febrero de 2014 de la Sala Tercera del Tribunal de Justicia de la UE, en la que se determina que el ‘céntimo sanitario’ es contrario a la normativa europea (artículo 3 apartado 2 de la Directiva 92/12/CEE del Consejo de 25 de febrero de 1992).

La Responsabilidad Patrimonial del Estado legislador, a diferencia del procedimiento de devolución de ingresos indebidos, consiste en un procedimiento que persigue la declaración de indemnización por parte del Estado a favor del administrado por una lesión patrimonial que no tiene el deber jurídico de soportar.

El documento completo sobre la vía de reclamación patrimonial y el servicio ofrecido (qué se puede recuperar, documentación necesaria, lugar de presentación, plazos, etc.) puede descargarse en formato PDF haciendo clic aquí.