www.nexotrans.com

REGLAMENTACIÓN

La normativa europea no regula específicamente dónde tiene que descansar el conductor

El chófer no debe ser coaccionado por el empresario para tener su descanso semanal normal en el vehículo

martes 07 de abril de 2015, 02:00h
La Comisión Europea había manifestado de manera pública que el término "período de descanso semanal normal" estipulado en el Reglamento (CE) nº 561/2006 sobre tiempos de conducción y descanso significa que el conductor debe tener la opción (en caso de que así lo decida) de pasar el descanso semanal normal en la base o en otro lugar que no sea el vehículo.

Por ello, el eurodiputado Ole Christensen ha aspirado a que la Comisión aclare exactamente el significado de eso. . Christensen ha cuestionado si eso quiere decir que los contratantes deben brindar compensación financiera para que el conductor no se quede sin dinero por pernoctar en un hotel o si los viajes que duran varios días deben planearse para que el conductor pueda pasar ese período de descanso en su casa.

La comisaria europea de transportes Violeta Bulc le ha explicado que ha de concebirse en el sentido de que un conductor no debe ser coaccionado por el empresario para tener su descanso semanal normal en el vehículo. Bulc ha señalado que la remuneración del conductor (incluidas las dietas por alojamiento) cae dentro de la competencia exclusiva de los Estados miembros, de ahí que el Reglamento (CE) nº 561/2006 no instituye ningún requisito en cuanto a la compensación financiera relacionada con descanso semanal normal del conductor cuando está fuera de casa o de la base.

Pero la comisaria sí ha insistido en que las empresas de transporte están obligadas (en virtud del artículo 10 del Reglamento (CE) nº 561/2006) a organizar el trabajo de los conductores de tal forma que sean capaces de cumplir con todas las disposiciones de esa norma, incluidas las de descanso semanal normal que deben tomarse, al menos, cada dos semanas. Pero la comisaria ha admitido que el reglamento no regula directamente la cuestión del sitio donde el conductor debe pasar su período de descanso semanal. Bulc ha aprovechado para dar a conocer que la Comisión ha puesto en marcha el los últimos tiempos una evaluación de la legislación social en el transporte por carretera y que, en base a los resultados, que se espera que estén disponibles a finales de 2015, la Comisión estudiará posibles iniciativas para abordar las cuestiones pendientes.