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Satisfacción por el retraso en los Derechos de Emisiones
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Satisfacción por el retraso en los Derechos de Emisiones

jueves 22 de diciembre de 2022, 07:00h

El Consejo de la UE, el Parlamento Europeo y la Comisión Europea alcanzaron hace apenas unos días un acuerdo sobre un Régimen de Comercio de Derechos de Emisión (RCCDE) para edificios y carreteras (RCCDE II) que “hace prevalecer la razón”, a juicio de la IRU, puesto que tiene en cuenta “las recomendaciones críticas del Sector del transporte por carretera”.

Dichas negociaciones comenzaron, tal y como se informa desde el organismo supranacional, con “posiciones divergentes” entre el Parlamento Europeo y el Consejo, que incluían disposiciones “poco prácticas”, como la limitación del RCCDE a los usuarios comerciales y una fecha de inicio prevista para 2024, “a pesar de que las alternativas a las tecnologías que emiten carbono y las infraestructuras correspondientes no estarán listas”, afirman desde la Unión.

Un largo camino


Todo este proceso, que aún no ha concluido, se prolonga desde hace muchos meses

Raluca Marian, directora de Defensa de la UE de la IRU, considera que "aunque no es lo ideal, el compromiso de los legisladores sobre el RCDE II demuestra que el pragmatismo puede prevalecer, aunque el debate se acalore. Para llegar a esta posición, hemos recorrido un largo camino, sobre todo si nos fijamos en propuestas anteriores con fechas de inicio poco realistas o diferenciaciones poco prácticas entre vehículos privados y comerciales a efectos del RCCDE II".

Un RCDE II que lo incluya todo

Como IRU ha declarado en repetidas ocasiones, “un RCDE II que incluya todo es el único enfoque aceptable. Un RCDE II que sólo cubra los vehículos industriales enviaría una señal contraproducente a los ciudadanos y las empresas de la UE en contra del papel vital del transporte público, la movilidad colectiva y el transporte de mercancías eficiente en la ecologización de nuestras carreteras. Además, sería difícil de aplicar”.

"Nos alegra ver que los negociadores del Parlamento Europeo han atendido a razones y han cambiado su postura, que consistía en aplicar el RCCDE II sólo a los vehículos comerciales. Incluir también a los vehículos privados es la única solución para un RCCDE funcional", dice Marian.

Una fecha de inicio más realista

En comparación con 2024, una fecha de inicio inicialmente apoyada en el Parlamento Europeo, o incluso 2025 y 2026, como propuso originalmente la Comisión Europea, el compromiso de poner en marcha el RCCDE II en 2027 es “considerablemente más realista”. IRU aprecia especialmente la inclusión adicional de una cláusula para posponer el ETS II hasta 2028 si los precios de la energía son excepcionalmente altos.

IRU también acoge con satisfacción la inserción de un tope de precios para los derechos del RCCDE, combinado con un mecanismo para garantizar que los precios no puedan subir demasiado, incluso si están por debajo del tope de precios.

'Trasladar la fecha de inicio, incluso hasta 2028, es un buen añadido al texto definitivo'

"El compromiso alcanzado demuestra los progresos realizados por los legisladores de la UE a la hora de comprender la influencia que tienen las circunstancias externas, como los elevados precios de la energía, en la capacidad de hacer frente a unos costes en constante aumento. Trasladar la fecha de inicio a 2028 si los precios de la energía son altos, junto con un mecanismo de estabilización de precios para hacer frente a la explosión de los precios de los derechos del RCDE II, son buenos añadidos al texto legal", según Marian.

En general, el RCCDE II sustituirá a los regímenes nacionales existentes, a menos que éstos fijen precios más elevados para los derechos de emisión. Esto alivia la preocupación de los transportistas por la posibilidad de que las emisiones de carbono se cobren dos veces. Ahora solo “queda por ver si el Pleno del Parlamento Europeo y los Estados miembros respaldarán el acuerdo”, concluyó Raluca Marian.