REGLAMENTACIÓN
El chófer no debe ser coaccionado por el empresario para tener su descanso semanal normal en el vehículo
07/04/2015@01:00:00
La Comisión Europea había manifestado de manera pública que el término "período de descanso semanal normal" estipulado en el Reglamento (CE) nº 561/2006 sobre tiempos de conducción y descanso significa que el conductor debe tener la opción (en caso de que así lo decida) de pasar el descanso semanal normal en la base o en otro lugar que no sea el vehículo.